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Ceder en concesión por el término de 20 años a la Cooperativa Apícola de El Trébol el uso de una fracción de terreno ubicado en Manzana Nº 95


ORDENANZA Nº 1.036                                                                                                   

VISTO:

La nota remitida al Departamento Ejecutivo Municipal por la Cooperativa Apícola Centro Oeste Santafesino Limitada  de nuestro medio, solicitando la cesión de un terreno Municipal para la construcción de una Sala de Extracción de Miel Comunitaria; y

CONSIDERANDO:

Que la Cooperativa Apícola Centro Oeste Santafesino Limitada posee Estatuto Social, con la aprobación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES),  mediante la Resolución Nº 4694 de fecha 19/12/2013 inscripta el 13/01/2014, (registrado a Folio 869, Libro 36, Acta 35869), autorizando el funcionamiento de la misma y otorgándole Matrícula Nacional Nº 48.924;

Que, asimismo, la Secretaría de Asociativismo, Promoción de la Empresarialidad y Trabajo Decente, dependiente del Ministerio de Producción del Gobierno Provincial, procedió a inscribir a la Cooperativa Apícola Centro Oeste Santafesino Limitada en el Registro Provincial de Cooperativas, mediante Disposición Nº 010/14C, de fecha 17/01/2014, bajo Matrícula Provincial Nº 3420;

Que la Cooperativa Apícola Centro Oeste Santafesino Limitada manifiesta por nota la necesidad de contar con un predio sub-urbano para instalar una Sala de Extracción de Miel comunitaria, aprobada por el SENASA, que les permitirá desarrollar la producción, comercialización, almacenamiento de materiales e insumos, fraccionamiento de productos, entre otras actividades afines;

Que obtener la posesión de un Lote de Terreno les permitirá contar con un financiamiento que se gestiona en el Ministerio de Agricultura, mediante el Programa Apícola Nacional, para destinarlo a la construcción de una Sala de Extracción;

Que la Municipalidad considera viable conceder un terreno para ser afectado a la construcción de una Sala de Extracción, ubicado en la Manzana Nº 95, Lote ubicado en calle M.M.de Güemes S/Nº, entre las calles Berutti y French, Partida Inmobiliaria Nº 12-15-00-172820/0000, superficie  según mensura de 1.146,50 m2;

Que los Sres. Concejales, valorando el importante aporte que esta iniciativa brindará a productores apícolas de la zona, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en concesión, por el término de 20 (veinte)  años, a la Cooperativa Apícola Centro Oeste Santafesino Limitada de El Trébol, el uso de una fracción de terreno ubicada en la Manzana Nº 95, Lote ubicado en calle M.M.de Güemes S/Nº, entre las calles Berutti y French, Partida Inmobiliaria Nº 12-15-00-172820/000, superficie según mensura de 1.146,50 m2.

ARTÍCULO 2º: El objeto de la presente cesión es para destinarlo a la construcción de una Sala de Extracción de Miel Comunitaria, sin costo alguno para el Municipio, debiendo cumplimentar todos los instrumentos legales e institucionales que corresponda una vez alcanzado el objeto de la presente.-

ARTÍCULO 3º: Fíjese un plazo de  3 (tres) años a partir de la promulgación de la presente para la efectivización del objetivo descrito en el Artículo 2º, caso contrario, dicha afectación quedará sin vigencia.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil catorce.-