VISTO:
La nota recibida en este Concejo del Aero Club El Trébol por la que solicitan una colaboración destinada a los niños de escasos recursos que desean hacer un vuelo de bautismo, con motivo del festival que llevarán a cabo los días 11 y 12 de noviembre; y
CONSIDERANDO:
Que en reunión de la comisión se ha considerado el pedido efectuado, exponiendo al Aero en su nota, que en cada uno de los festivales, siempre se tuvo en cuenta la posibilidad de permitir que chicos carenciados puedan realizar su vuelo de bautismo, destinado hacer la felicidad de un niño, conceptos estos que se han tenido en cuenta y es ánimo de este Concejo colaborar siempre dentro de sus posibilidades y dentro de normas que la rigen, por lo que consideran viable dar una ayuda;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórgase al Aero Club El trébol en concepto de subsidio la suma de australes veinticinco mil (A. 25.000.-) destinados a gastos que demanden los chicos carenciados para realizar su vuelo de bautismo.-
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será imputado a la Partida 1-03 SUBSIDIOS Y BECAS H. CONCEJO MUNICIPAL, del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, Promúlguse, Publíquese y dése al registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a siete días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y nueve.-