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-MODIFICAR ORDENANZA Nº 777 – INCORPORAR ARTÍCULO 1º BIS


ORDENANZA Nº 1.545

 

VISTO:

La necesidad de adecuar la Ordenanza Nº 777; y

 

CONSIDERANDO:

Que en la actualidad los canales de televisión por cable transmiten en forma directa desde ciertos puntos de las ciudades;

Que en este sentido se ha implementado en distintas localidades, siendo en la actualidad una situación aceptada y aprovechada por la comunidad, en tanto puede ver en tiempo real lo que está ocurriendo en lo relacionado al tránsito y el clima;

Que en tal sentido  se propone modificar la normativa de referencia, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a facilitar al cable local, la conectividad con las cámaras existentes en las siguientes ubicaciones: Italia y Bv. América, Av. Libertad y Eva Perón, y Estanislao López y Lisandro de la Torre.

Que no afectaría a la intimidad de las personas o derechos subjetivos de los integrantes de la comunidad; quienes a todo evento estarán anoticiados de la nueva modalidad, como consecuencia de la presente modificación;

Que los Sres. Concejales han analizado el proyecto por lo cual  expresan en forma unánime su conformidad;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º: Modifíquese  la Ordenanza N° 777, incorporando el Artículo 1ºBIS, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1º bis: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal,  como excepción a lo dispuesto en el Artículo 1º precedente,  la posibilidad de facilitar al cable local “CANAL UNO”, la conectividad con las cámaras existentes en las siguientes ubicaciones Italia y Bv. América, Av. Libertad y Eva Perón, y Estanislao López y Lisandro de la Torre a los fines de que transmita en forma directa en el marco del servicio de televisión por cable que presta”.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.-