ORDENANZA Nº 1.414
VISTO:
Los Artículos 1º y 27º de la Ordenanza de Compras Nº 15; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario actualizar los montos para las contrataciones por Compra Directa, Concurso de Precios y Licitaciones Públicas;
Que la actualización más reciente de la presente normativa fue se efectuó hace 12 meses, mediante la Ordenanza Nº 1.344 de fecha 20-12-2021;
Que en el citado período existió un incremento en el índice de precios de un 100% aproximadamente, duplicando los precios interanuales. A su vez, para el año 2023 se prevé una variación del mencionado indicador en valores cercanos al 60%;
Que esta actualización permite dotar de agilidad y garantizar el normal desenvolvimiento de las acciones del Departamento Ejecutivo Municipal, manteniendo la transparencia y los mecanismos de control para todo tipo de contrataciones;
Que los Sres. Concejales, luego de un amplio análisis acuerdan modificar a un menor porcentaje del aumento solicitado por el Departamento ejecutivo y expresan en forma unánime otorgar un incremento;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º: Para la contratación de insumos, bienes y servicios, podrán utilizarse las siguientes modalidades de aprovisionamiento:
El Monto tope para Compras Directas será de $ 573.376.- (pesos quinientos setenta y tres mil trescientos setenta y seis); para Concursos de Precios desde $ 573.376,01.- (pesos quinientos setenta y tres mil trescientos setenta y seis c/01/100) hasta la suma de $ 1.836.595.- (pesos un millón ochocientos treinta y seis mil quinientos noventa y cinco) y lo que supere dicho monto se realizará mediante el llamado a Licitación Pública”.-
ARTÍCULO 2º: Modifíquese el Artículo 27º de la Ordenanza Nº 15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 27º: Para los procesos licitatorios que se den curso dentro del ámbito de la Municipalidad de El Trébol, se procederá según lo establecido en los incisos que se detallan:
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.-