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MODIFICACIÓN DEL VALOR DE LA “UNIDAD CONTRIBUTIVA” – PARA SOLICITAR CONEXIÓN A OBRA RED DE GAS


ORDENANZA Nº 1.364

VISTO:

La Ordenanza Nº 1.226, sancionada el 04/01/2019 y promulgada el 09/01/2019; y

CONSIDERANDO:

Que a través de la norma mencionada se fija el valor de la Unidad Contributiva para los frentistas beneficiados con la ejecución de la obra de Distribución de Gas Natural resuelta por Ordenanza Nº 530 de fecha 03.07.2003;

Que en ella también se conviene un sistema de actualización trimestral del costo de la Unidad Contributiva para dicha obra;

Que en razón de la permanente modificación de costos, a la fecha se hace necesaria una nueva actualización que permita continuar con la ampliación del servicio;

Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:  Derógase la Ordenanza Nº 1.226 de fecha 04/01/2019.-

ARTÍCULO 2º: Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 530 de fecha 03/07/2003, referida a la Red de Distribución Domiciliara de Gas Natural,  que fija el valor de la Unidad Contributiva el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2º: Artículo 2º: “La obra objeto de la presente se declara de interés público, de pago obligatorio y sujeta al régimen de contribución de mejoras, fijándose el monto de  $65.448,89.- (Pesos sesenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho con 89 ctvos.) por UNIDAD CONTRIBUTIVA, la que se tomará por título de dominio, tal como lo estipula la Ordenanza N° 385, Artículo 6°.  Dicho importe se reducirá a $ 52.801,48.- (Pesos cincuenta y dos mil ochocientos uno con 48 ctvos.) en caso que el vecino no solicite el servicio de conexión domiciliario o el inmueble no cuente con el nicho reglamentario debidamente instalado al momento de la ejecución de la obra.- Trimestralmente, en base a la variación de costos de los ítems que forma parte del Cómputo y Presupuesto con valores a Marzo del 2022, que se integran a la presente, se podrá actualizar el valor de la Unidad Contributiva, previa aprobación del Honorable Concejo Municipal.”

ARTÍCULO 3°:  Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis  días del mes de mayo del año dos mil veintidós.-