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Estacionamiento calle Compañ.Tierras Argentinas – sólo sobre lado Oeste – con doble sentido circ.


ORDENANZA Nº 1.573

 

VISTO:

La calle Compañía de Tierras Argentinas, entre Av. Estanislao López y Lisboa, la cual posee doble sentido de circulación vehicular y estacionamiento en ambas manos; y

 

CONSIDERANDO:

Que dicha calle posee doble sentido de circulación y doble estacionamiento, lo que dificulta el tránsito en horarios de mayor actividad comercial, educativa y deportiva, dada su cercanía con Escuela de Educación Técnica N° 343  Martín M. de Güemes, Escuela Agrotécnica Libertador San Martín y Club Atlético El Expreso;

Que la calle Compañía de Tierras Argentinas es angosta;

Que una alternativa válida para mejorar la situación imperante radicaría en mantener el doble sentido de circulación en todo su recorrido, pero autorizando el estacionamiento solamente sobre el lado de la vereda Oeste;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha evaluado la situación de todo lo que precede, viendo la conveniencia de que se establezca un único estacionamiento  en calle Compañía de Tierras Argentinas,  entre Av. Estanislao López y Lisboa, conforme a los análisis en conjunto efectuados por las áreas que corresponden;

Que los Sres. Concejales, evaluando los cambios a introducir, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º:   Dispónese que sobre la calle Compañía de Tierras Argentinas, entre Av. Estanislao López y Lisboa,  se permita el estacionamiento vehicular solamente sobre el lado de vereda Oeste, sin modificar el doble sentido de circulación.-

ARTÍCULO 2º: Procédase la amplia difusión por los medios de comunicación y la correspondiente señalización,  según lo dispuesto en el Artículo 1º precedente.-

ARTÍCULO 3º:  Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil veinticinco.-