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Establecer Jornadas de Concientización – Derechos de la Mujer


ORDENANZA Nº 1.229

 VISTO:

         La importancia de fomentar la reflexión y acción en pos del respeto y del cumplimiento de los derechos de las mujeres; y

CONSIDERANDO:

Que ha sido promulgada la Ley Nacional Nº 26.485, que establece un Plan Nacional de Acción, denominada Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus Relaciones Interpersonales y que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe adhirió a través de la Ley Provincial Nº 13.348;

Que  es necesario abordar desde los diferentes ámbitos de la sociedad los diversos temas que involucran a las mujeres y de esa manera identificar, acompañar  y abordar las problemáticas, brindando espacios y  acciones que permitan el empoderamiento de las mujeres, proceso por el cual ganan confianza, visión y protagonismo para impulsar cambios en las situaciones de desigualdad que viven; construyendo así una sociedad libre de violencia;

Que es necesaria una lectura crítica y profunda de la realidad para analizar y transformar las diferentes situaciones de las mujeres y construir una sociedad equitativa a través de la perspectiva de género;

Que los Sres. Concejales, habiendo analizado la propuesta, por  unanimidad dan conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Establécese jornadas de concientización y reflexión en pos del cumplimiento de los derechos de las mujeres en las siguientes fechas:

8 de Marzo: Día Internacional de las Mujeres Trabajadoras;

En el Mes de Mayo:  Semana Mundial del Parto Respetado;

28 de Mayo: Día Internacional por la Salud de las Mujeres;

3 de Junio: Campaña Ni Una Menos;

25 de Noviembre:  Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

ARTÍCULO 2º: Todas las actividades que se lleven a cabo deberán ser desde la perspectiva de género.

ARTÍCULO 3º: Encomiéndese que las actividades, descriptas en el Artículo 1º, se articulen desde el Area Municipal de la Mujer con organismos o  instituciones  locales  interesados  y  con representantes de la  Red de Infancias, Adolescencias y Familias Diversas.

ARTÍCULO 4º:  Establécese  que las actividades organizativas para la jornada del día 3 de Junio “Día local de la consigna Ni Una Menos”, convocada por Ordenanza Nº 1.108, se coordinen entre el Concejo Municipal y la Municipalidad de El Trébol.-

ARTÍCULO 5º:  Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro  Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días  del mes de abril del año dos mil diecinueve.-