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ESTABLECER EL DÍA 25 DE MARZO COMO DÍA MUNICIPAL DEL NIÑO POR NACER


 ORDENANZA Nº 1.422

 

VISTO:

El Decreto Nacional 1406/98, que conmemora cada 25 de Marzo el “Día del Niño por Nacer”;

El Artículo 4º y Artículo 75º,  Incisos 22) y 23) de la Constitución Nacional;

La Ordenanza Municipal N°1246, la cual dispone el Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Mujer Embarazada y Niño por Nacer en situación de vulnerabilidad; y

CONSIDERANDO:

Que la República Argentina, mediante el Decreto Nacional Nº 1406 del 07 de diciembre de 1998, fue el primer país en declarar el Día del Niño por Nacer, adhiriendo posteriormente países como Chile, Guatemala, España y Portugal, entre otros;

Que la vida es un derecho fundamental consagrado en documentos fundamentales internacionales y nacionales de diversos países del mundo. El primero de todos los derechos si consideramos al titular de éste como generador de cualquier otro derecho posible. En este sentido, es inviolable y no admite excepción alguna. Lo anterior exige tener conciencia de que el ser humano en gestación es persona en simbiosis transitoria y no deja de serlo por depender provisionalmente del organismo materno.

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, proclamó que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, ratificando así la afirmación contenida en la Carta de las Naciones Unidas acerca de la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de las personas humana y en la igualdad de los derechos de todo el género humano.

Que, como una política de concreción efectiva de la protección universal de los derechos humanos, para todos los hombres y para todas las naciones la comunidad internacional ha destacado al niño como sujeto digno de una especial consideración, particularmente en la Declaración de los Derechos en Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959 y en la Convención de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.

Que el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño afirma: el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especial, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.

Que, especialmente, en su etapa prenatal el niño es un ser de extrema fragilidad e indefensión, salvo la natural protección brindada por su madre.

Que la República Argentina, al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño (Artículo 2º de la Ley Nacional Nº 23.849), dejó expresa constancia de que el Estado argentino hizo una reserva cuando la incorporó al derecho interno disponiendo que “se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción hasta los dieciocho años”.

El Día del Niño por Nacer  en  Argentina fue establecido por Decreto Nacional Nº 1406/1998   y  se celebra el 25 de marzo de cada año.;

Que es importante recordar que existen antecedentes por parte del Concejo Municipal de El Trébol,  aprobando por unanimidad  en el año 2019,  la Ordenanza N°1246, la cual dispone el Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Mujer Embarazada y Niño por Nacer en situación de vulnerabilidad.

Que se considera apropiado y necesario dedicar un día en el ámbito municipal al Niño por Nacer, con el objeto de invitar a la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad y del valor de la vida humana que porta en su seno;

Que los Sres. Concejales,  expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente   

 

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º:  Establécese el día 25 de marzo de cada año como “Día Municipal del Niño por Nacer”.-

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá llevar adelante acciones destinadas a la difusión de la conmemoración de la fecha establecida por la presente ordenanza.-

 

ARTÍCULO 3º:  Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días de marzo del año dos mil veintitrés.-