ORDENANZA Nº 1.581
VISTO:
Un lote de terreno suburbano, ubicado en la Manzana Municipal N° 358.1 sobre Ruta Provincial Nº 13, entre D. French y A. Beruti, de esta ciudad de El Trébol, que es propiedad de la Municipalidad de El Trébol; y
CONSIDERANDO:
Que dicha fracción de terreno suburbano, se identifica como parte de la Quinta Nº 9 del plano oficial del pueblo Passo (hoy ciudad de El Trébol), empadronada bajo PII Nº 12-15-00-172820/0000-9; designada como Lote 1, quien posee una superficie de 1.146 m2 de acuerdo al Plano de Mensura para Primera Inscripción de Dominio N° 285427/2025, tarea desarrollada por el Ing. Agr. Federico Piancatelli (ICOPA Nº 1-0155-9), e inscripto por el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe – Dirección Registro y Administración de Objetos Territoriales, ha sido analizada y aceptada por la Comisión del Programa Banco de Tierras, a los efectos de disponer su uso, destino y posibilidad de venta;
Que este terreno resulta apropiado para emprendimientos de galpones u otros fines, siempre que se encuadren dentro de los usos y destinos de la zonificación que le corresponde según Ordenanza N° 1571/2025 – Nuevo Código de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de El Trébol;
Que se han recabado cotizaciones, definiendo el Precio Base particular para este lote como el más beneficioso para los intereses del Municipio y la comunidad;
Que procediéndose a la venta del inmueble referido, se podrá disponer de recursos, para incorporar a la partida del Programa de Banco de Tierras, según Ordenanza Nº 1.241, Artículo 8º;
Que es conveniente resolver la venta por Licitación Pública, entendiendo que brinda las más amplias garantías de transparencia que requiere una operatoria de esta naturaleza;
Que para tal fin se conformará una Comisión Mixta de seguimiento y adjudicación para legitimar lo actuado en todo el proceso de la venta;
Que los Sres. Concejales, habiendo evaluado el proyecto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Dispónese la venta por LICITACION PUBLICA del inmueble de propiedad municipal que se describe a continuación: Una fracción de terreno ubicada en Ruta Provincial Nº 13, entre D. French y A. Beruti de esta ciudad de El Trébol, designada como Lote 1 en el Plano de Mensura para Primera Inscripción de Dominio confeccionado por el Ing. Agr. Piancatelli Federico (ICOPA N° 1-0155-9) e inscripto por el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe – Dirección Registro y Administración de Objetos Territoriales bajo el Nº 285427 el 27/05/2025, se ubica a los 14,28 metros al NE de la esquina Norte de la Quinta Nº 9 del plano oficial del pueblo Passo (hoy Ciudad de El Trébol), es de forma rectangular, y mide 11,46 metros de frente al NE e igual contrafrente al SO, por 100,00 metros de frente al SE e igual contrafrente al NO. Encierra una superficie de mil ciento cuarenta y seis metros cuadrados, lindando al NE con Ruta Provincial Nº 13; al SE con la propiedad de Garnero Javier Esteban (PII Nº 12-15-00-172819/0000 – Lote A Plano Duplicado Nº 355/2009); al SO con calle Martín Miguel de Güemes, y al NO con propiedad de Baudino María Laura y Otro (PII Nº 12-15-00-172821/0000). El mismo se encuentra empadronado a los efectos del impuesto inmobiliario bajo PII N° 12-15-00-172820/0000-9. Se deja constancia que sobre el presente inmueble pesa la afectación “Non Edificandi” desde la Línea de Edificación frente a Ruta Provincial Nº 13 hacia el interior del lote, de acuerdo a Decreto Provincial Nº 7317/1967, ante el requerimiento de colectora frente a dicha vía de comunicación.-
ARTÍCULO 2°: El precio base para la Licitación Pública será de $ 46.000.000,00 (pesos cuarenta y seis millones) para el Lote 1 identificado en el Artículo 1° precedente.-.
ARTÍCULO 3°: El producido de la venta será integrado a la Cuenta N° 2517222106 del Banco de la Nación Argentina y se destinará para el Programa Banco de Tierras.-
ARTÍCULO 4º: Confórmase una Comisión Ad- Hoc integrada por dos (2) miembros del Honorable Concejo Municipal y dos (2) del Departamento Ejecutivo Municipal, para intervenir en todo el proceso previo de venta y posterior adjudicación del lote descripto en el Artículo 1º precedente, estableciéndose un plazo máximo de 1 (un) año, contado a partir de la fecha de venta, para el cumplimiento efectivo de la escrituración traslativa de dominio y lo normado por la presente para este lote.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco.-