ORDENANZA Nº 1.331
VISTO:
La Ley Nacional Nº 21.477, modificada por Ley Nº 24.320;
El Decreto Provincial Nº 10.881/60;
El Artículo 60º de la Ley 2996/1941;
La Resolución Nº 52/2019 de la Secretaría de Administración y Gestión; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Expte. Administrativo Nº 794190520 se inician las actuaciones tendientes a cumplir con el procedimiento de Usucapiones Administrativas establecido por las normativas referenciadas;
Que dichas actuaciones refieren al inmueble ubicado en el Distrito El Trébol, en la Parcela Nº 1 de la Manzana Nº 66, identificado en el Registro de Catastro Municipal bajo Nomenclatura Catastral Nº 12-15-00-0369-00002, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 12-15-00-172912/0000-3, Manzana Municipal Nº 281.01, Lote Municipal Nº 1.00, individualizado bajo el Nº de Catastro Municipal 13953, ubicado según el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe en la Manzana Nº 66 del plano oficial del Pueblo Tais, hoy ciudad de El Trébol, a treinta y dos metros con sesenta y cinco centímetros de la esquina de Avenida Sarmiento y Arturo Tibaldo hacia el NE; es de forma irregular y según el Plano de Mensura para Adquisición de Dominio por Usucapión Administrativa confeccionado por el Ing. Agr. Federico Piancatelli (ICOPA Nº 1-0155-9) mide treinta y nueve metros con noventa y ocho centímetros al SE frente a calle Arturo Tibaldo, ochenta y siete metros con ochenta centímetros al NE frente a Avenida Libertad, sesenta y cinco metros cuarenta y nueve centímetros al Oeste frente a Avenida Sarmiento, y treinta y siete metros con veintiséis centímetros al SO con la propiedad de Pedro D. Luna (PII Nº 12-15-00-172913/0000-2 -S/M Godoy Adriana Dupl. 516/16), equivalente a una superficie de dos mil quinientos setenta y siete metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados;
Que la Municipalidad se encuentra en posesión por mayor plazo que el establecido en la Ley, extremo que fue corroborado mediante el Acta de Posesión obrante en el Expte. Administrativo citado;
Que el terreno en cuestión es utilizable para uso privado, acorde a las Ordenanzas que regulan el territorio;
Que, las dimensiones del Lote permiten proyectar una subdivición en varios lotes para construcciones de viviendas;
Que el Municipio prevé en la Ordenanza Nº 1241, de Banco de Tierras, la posibilidad de disponer de bienes o los recursos derivados de su venta, con destino a brindar soluciones específicas a los vecinos de la localidad;
Que los Sres. Concejales han analizado debidamente el Proyecto de ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, entendiendo viable y conveniente la incorporación e inscripción de la titularidad del referido inmueble y que se efectúe Mensura y Subdivisión de 10 lotes de terrenos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dispóngase la incorporación e inscripción a nombre de la Municipalidad de El Trébol, del inmueble ubicado en el Distrito El Trébol, en la Parcela Nº 1 de la Manzana Nº 66, identificado en el Registro de Catastro Municipal bajo Nomenclatura Catastral Nº 12-15-00-0369-00002, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 12-15-00-172912/0000-3, Manzana Municipal Nº 281.01, Lote Municipal Nº 1.00, individualizado bajo el Nº de Catastro Municipal 13953, ubicado según el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe en la Manzana Nº 66 del plano oficial del Pueblo Tais, hoy ciudad de El Trébol, a treinta y dos metros con sesenta y cinco centímetros de la esquina de Avenida Sarmiento y Arturo Tibaldo hacia el NE; es de forma irregular y según el Plano de Mensura para Adquisición de Dominio por Usucapión Administrativa confeccionado por el Ing. Agr. Federico Piancatelli (ICOPA Nº 1-0155-9) mide treinta y nueve metros con noventa y ocho centímetros al SE frente a calle Arturo Tibaldo, ochenta y siete metros con ochenta centímetros al NE frente a Avenida Libertad, sesenta y cinco metros cuarenta y nueve centímetros al Oeste frente a Avenida Sarmiento, y treinta y siete metros con veintiséis centímetros al SO con la propiedad de Pedro D. LUNA (PII Nº 12-15-00-172913/0000-2 – S/M GODOY Adriana Dupl. 516/16), equivalente a una superficie de 2.577,73 m2 (dos mil quinientos setenta y siete metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados), según Plano de Mensura adjunto, detallado en ANEXO 1, que forma parte de la presente.
ARTICULO 2º: Apruébese el Proyecto de Mensura y Subdivisión detallado en ANEXO 2, que forma parte de la presente, con un Croquis de subdivisión de 10 lotes de terrenos, debiéndose cumplir con la normativa vigente para Loteos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.-