ORDENANZA Nº 1.317
VISTO:
La Ordenanza Tributaria Nº 1.177 T.O; y
CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia el desarrollo económico y social del comercio de nuestra ciudad;
Que la propaganda y publicidad son estrategias indispensables para poder incrementar el nivel de ventas del comercio y asimismo mostrar las distintas marcas de primera línea que se ofrecen, mejorando aún más las posibilidades de cada negocio;
Que los Sres. Concejales coinciden en impulsar la derogación del cobro del Derecho por Publicidad y Propaganda, por lo cual, por unanimidad, dan conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Deróguese los Artículos 128º, 129º, 130 y 131º de la Ordenanza Tributaria Nº 1.177 eliminando el cobro de Derecho de Publicidad y Propaganda.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de abril del año dos mil veintiuno.-