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DECLARAR DE INTERÉS LA CONMEMORACIÓN DEL “DÍA MUNDIAL CONTRA EL BULLYING O ACOSO ESCOLAR” Y APLICAR ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN


ORDENANZA Nº 1.356

VISTO:

La Ley Nacional N° 26.892 para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas;

La Ley Provincial N°13.674 de Prevención y Erradicación del Acoso Escolar;

Los Decretos Provinciales N°1.369 y N° 4.172;

CONSIDERANDO:

Que el bullying o acoso escolar es causante directo de más de 200.000 muertes en todo el mundo, ya sea por homicidio o por inducción al suicidio cada año y está probado que enferma a miles de estudiantes que en general abandonan sus estudios o los sobrellevan con angustia y cansancio;

Que el día 2 de Mayo se celebra el Día Mundial de la  Lucha contra el Bullying o el Acoso Escolar. Esta jornada histórica surge de una presentación del Dr. Javier Miglino, Fundador de Bullying Sin Fronteras ante más 30.000 Organizaciones No Gubernamentales en todo el mundo y por lo cual la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)  aprobó la efeméride para los 189 países que la componen, en 2016;

Que la Ley Nacional N° 26.892  establece las bases para la promoción, intervención institucional y la investigación y recopilación de experiencias sobre la convivencia, así como sobre el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional;

Que los casos de bullying en la Argentina se duplicaron y pasaron de ser 6.200 antes de la pandemia a contabilizarse 12.300 casos entre noviembre de 2020 y 2021, según se desprende de una encuesta en colegios primarios y secundarios públicos y privados desarrollada por la ONG Internacional Bullying Sin Fronteras, ocupando nuestro país el segundo lugar de América Latina, por detrás de México;

Que es urgente y necesario concientizar a la comunidad sobre la destrucción de los Derechos Humanos de niños y adolescentes que acarrea el Bullying o acoso escolar provocando abandono escolar;

Que en nuestro Departamento San Martín los informes indican que se han incrementado los casos de Acoso Escolar y que es necesario que desde cada Municipio se organice acciones de visibilización, difusión y prevención de dicha problemática social que atraviesa familias, barrios, escuelas, clubes, entre otras instituciones;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con lo expuesto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Declárese de interés comunitario para  la Municipalidad de El Trébol la conmemoración del “Día Mundial Contra el Bullying o Acoso Escolar”, establecido el día 2 de mayo de cada año, por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)  y  reconocida por el Senado Argentino.

Artículo 2°:  Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que,  desde el área que corresponda,  se disponga organizar actividades de promoción, prevención y difusión mediante campañas interinstitucionales de concientización para visibilizar ésta problemática.

Artículo 3°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los doce días del mes de abril del año dos mil veintidós.-