ORDENANZA Nº 1.400
VISTO:
La necesidad de favorecer un espacio Municipal de apoyo a la trayectoria académica de niños y adolescentes al alcance de todos; y
CONSIDERANDO:
Que la deserción escolar es un problema que afecta seriamente el desarrollo de toda comunidad;
Que el Estado debe generar equidad educativa, para los niños y jóvenes de sectores vulnerables, con el objetivo de combatir el rezago educativo en formación primaria y secundaria;
Que es función del Estado educar a los niños y niñas y apoyarlos en su trayectoria académica con la finalidad de obtener herramientas para desempeñarse en la vida y concluir con éxito su recorrido en el sistema educativo;
Que, de acuerdo al Ministerio de Educación de la Nación, el impacto de la Pandemia COVID-19, ha potenciado la brecha en educación, la deserción escolar y ha afectado el proceso de enseñanza y aprendizaje, en el marco de la no presencialidad, a un gran número de educandos que se vieron impedidos de acceder a la virtualidad;
Que, es importante considerar que la situación socioeconómica actual implica que en muchos casos ambos padres salen a trabajar y como consecuencia no pueden acompañar en las tareas escolares a sus hijos;
Que es fundamental ofrecer herramientas de apoyo y educación alternativa que incluyan la participación activa de toda la comunidad, con el objetivo de buscar una mejor calidad de vida;
Que es valioso promover la participación ciudadana para desarrollar el compromiso social en los jóvenes, para el desarrollo de una sociedad que brinde igualdad de derechos;
Que los Sres. Concejales, compartiendo lo expresado, en forma unánime le brindan su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: Créase el Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios, que dependerá del Área de Coordinación de Educación, o del área que la reemplace.
Artículo 2°: El Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios consistirá en una tutoría personalizada a estudiantes de nivel primario y secundario en situación de vulnerabilidad, que requieran apoyos específicos para mejorar su desempeño y aprobar el año de cursado. El Programa será llevado a cabo por los alumnos de nivel terciario, como también docentes activos y docentes jubilados que se inscriban como Tutores Educativos Solidarios.
Artículo 3°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con el Ministerio de Educación Provincial, instituciones educativas terciarias y/o universitarias, para que los alumnos puedan inscribirse al programa y desempeñarse como Tutores Educativos Solidarios.
Articulo 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, deberá promocionar el Programa Municipal de Tutores Educativos Solidarios en las Instituciones Educativas primarias y secundarias de nuestra ciudad, al inicio de cada ciclo lectivo y al comienzo de cada trimestre.
Artículo 5°: Los Tutores Educativos Solidarios recibirán una capacitación y seguimiento constante por parte del Área de Coordinación de Educación.
Artículo 6°: Los Tutores Educativos Solidarios serán distinguidos con un certificado por la labor llevada a cabo.
Artículo 7°: Los Tutores Educativos Solidarios deberán adecuar su conducta y pretensiones a lo establecido en la presente ordenanza, quedando descartado la existencia de un vínculo de empleo público (Estatuto Ley Nº 9286) o de trabajo (Ley Nº 20.744). Las tareas se realizaran bajo la modalidad ad-honorem, es decir, que es un programa no remunerativo, por eso se lo denomina Tutores Educativos Solidarios.
Artículo 8°: Los tutores Educativos Solidarios deberán dar su consentimiento por escrito a la siguiente clausula: Eximen a la Municipalidad de El Trébol de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiere ocasionarse y se comprometen a mantener indemne a la Municipalidad frente a los daños y perjuicios que sufrieren terceros en su persona o bienes, que fueren causados o se encuentren vinculados de algún modo con la actividad desarrollada en el mismo, y/o con los bienes de cualquier naturaleza que utilicen en el Programa Municipal “Tutores Educativos Solidarios”.
Artículo 9°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós-