ORDENANZA Nº 1.435
VISTO:
La necesidad de crear un programa de fortalecimiento para el acceso de niñas, niños y adolescentes a la realización de prácticas deportivas en los clubes de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que la actividad física en general y la práctica deportiva en particular se presentan como hábitos de vital importancia para las personas, especialmente para niños, niñas y adolescentes, favoreciendo su mejor desarrollo;
Que el Municipio debe instar a la ciudadanía a fomentar los buenos hábitos, la actividad física y las actividades saludables;
Que durante el año 2022 muchas familias se acercaron a manifestar la imposibilidad económica de sostener las actividades deportivas de sus hijos;
Que, en la gran mayoría de los casos, el principal motivo que aleja a los niños y niñas de la práctica de deportes es la falta de recursos económicos;
Que, el Centro de Educación Física, durante el año 2022, elaboró una estadística la cual muestra que alrededor del 50% de los niños y niñas de entre 8 y 12 años de edad no realizan actividades deportivas en los clubes de nuestra ciudad;
Que, después de varios años de funcionamiento, durante 2022 no se realizaron actividades deportivas en el marco de la Escuela Deportiva Municipal;
Que la actual Gestión Municipal manifestó en diferentes ocasiones que no tiene intenciones de retomar las actividades dentro de dicho esquema y que su visión es integrar a los niños y niñas en los clubes deportivos;
Que, como fue manifestado por referentes de los clubes y también por los familiares, la cuota social es solo una parte de lo que necesitan cubrir para sostener a los jóvenes en las actividades deportivas; que a ello se le suma el acceso a viajes, compra de indumentaria deportiva, la cuota deportiva, entre otros;
Que los clubes desarrollan una importante tarea de sostenimiento de los niños y niñas, ofreciendo diferentes herramientas para solventar algunos de los gastos que surgen en la práctica deportiva;
Que los Sres. Concejales, considerando importante esta propuesta, expresan en forma unánime su conformidad al proyecto;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase el “Programa Municipal de Fortalecimiento Deportivo de la Ciudad de El Trébol”. El mismo tendrá como principal objetivo fomentar, acompañar y contribuir al sostenimiento de niños, niñas y adolescentes en la práctica deportiva dentro de los clubes de nuestra ciudad;
ARTÍCULO 2º: El Programa Municipal de Fortalecimiento Deportivo de la Ciudad de El Trébol contará con una partida presupuestaria en el año 2023 de $ 2.000.000, el cual se actualiza cada año, acorde a las necesidades del Programa y en el marco del presupuesto anual correspondiente. Los fondos serán entregados a los clubes de nuestra ciudad en relación a la cantidad de becas solicitadas a cada uno. Dichos fondos no serán reintegrables por ninguna causa, ni por el beneficiario, ni por su familia, ni por el club.
ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá dictar un reglamento para que los clubes efectúen la rendición de dichos fondos que, en todos los casos, deberán utilizarse para garantizar que niños, niñas o adolescente tenga acceso a la práctica de actividades deportivas.
ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, deberá interceder en la implementación de este programa, evaluando la situación socioeconómica de las familias que manifiesten no poder solventar los gastos correspondientes a la práctica deportiva, derivando a los clubes a quienes lo necesiten.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, al día 06 de junio del año dos mil veintitrés.-