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AUTORIZAR VENTA TERRENO A A.T.E. PARA E.SALVARESCHI


ORDENANZA Nº 1.390

VISTO:

El Expediente Nº 926257521; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante nota de fecha 25/11/2021, incorporada a fs. 01 del expediente de referencia, presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) se informa que el Sra. Elisa Salvareschi, DNI Nº 33.867.953, afiliada a la asociación, y trabajadora del SAMCo de nuestra ciudad, ha sido preadjudicada en el “Programa ATE de Vivienda y Refacción”, destinado a quienes poseen terreno propio;

Que A.T.E. manifiesta que en los casos en que la persona que resulte preadjudicada no cuente con terreno propio, normalmente la entidad provee en forma conjunta con la construcción de la vivienda;

Que actualmente, la Asociación Trabajadores del Estado, no cuenta con lotes vacantes disponibles dentro del ejido urbano de la ciudad de El Trébol, por lo cual gestiona la compra de  un lote de propiedad del municipio con la finalidad de poder brindar el derecho a la vivienda a sus afiliados;

Que la solicitud fue remitida a la Comisión del Banco de Tierras de la ciudad de El Trébol;

Que, obra glosado a la nota referida, Plano de Mensura y Subdivisión  inscripto por el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe – Dirección Topocartografía bajo el Nº 126529 en fecha 15/07/1997, confeccionado por el Agr. Rodolfo José Maurino (ICOPA 1-0087), sobre el fraccionamiento de una propiedad de titularidad de la Municipalidad de El Trébol;

Que, de dicho loteo expuesto, en la actualidad se encuentran vacantes algunos lotes de propiedad municipal, entre ellos el Lote Nº 18 solicitado expresamente por medio del Expediente Nº 926257521;

Que estando previsto en la Ordenanza Nº 1241, Artículo 10º y 11º, y a lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Comisión Banco de Tierras, Artículo 24º, resulta factible adjudicar en forma directa un inmueble a favor de Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.);

Que la adjudicación del lote otorgará la posibilidad de que una persona de nuestra ciudad cuente con una vivienda propia, ya que ha resultado ser pre adjudicataria del Programa de Viviendas que financiará la construcción de la misma, además de generarse una fuente de trabajo  que beneficiará a otros habitantes de nuestra ciudad;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Autorícese la venta directa del Lote Nº 18 del Plano de Mensura y Subdivisión inscripto por el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe – Dirección Topocartografía, bajo el Nº 126529 en fecha 15/07/1997, con una superficie total de 268,40 m2, Lote Municipal Nº 1.03, Manzana Municipal Nº 256.02, PII Nº 12-15-00-171541/0019-0; a la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.), CUIT Nº 30-53001357-6, con domicilio en calle San Luis Nº 2854 de la ciudad de Santa Fe, por la suma de $ 1.800.000.- (Pesos un millón ochocientos mil).-

ARTICULO 2º:   La escritura traslativa de dominio se formalizará con cargo de destinar el mismo a la construcción de una vivienda a favor de la Sra. Elisa Soledad Salvareschi, DNI Nº 33.867.953.-

ARTÍCULO 3º:   Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los quince días del mes de setiembre de año dos mil veintidós.-