ORDENANZA Nº 1.333
VISTO:
El Expediente Nº 926213621; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 15-03-2021, incorporada a fs 01 del expediente detallado en el Visto, presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.) se informa que el Sr. Diego José Dolfi, DNI Nº 26.407.254, afiliado a la asociación y trabajador de la Escuela Manuel Belgrano Nº 275 de nuestra ciudad, ha sido preadjudicado en el “Programa ATE de vivienda Propia”, destinado a quienes poseen terreno propio;
Que, manifiestan que en los casos en los que la persona que resulte preadjudicada no cuente con terreno propio, normalmente la entidad provee en forma conjunta con la construcción de la vivienda;
Que, actualmente, la Asociación Trabajadores del Estado, no cuenta con lotes dentro del ejido de la ciudad de El Trébol, por lo que solicita un lote de propiedad del Municipio con la finalidad de poder brindar el derecho a la vivienda a sus afiliados;
Que la solicitud fue remitida a la Comisión del Banco de Tierras de la ciudad de El Trébol;
Que mediante nota de fecha 01-09-2021 la Comisión Banco de Tierras eleva al Sr. Intendente Municipal para su consideración la solicitud presentada por representantes de A.T.E., de la cual surge la viabilidad de la propuesta;
Que, obra glosado a la nota referida, Plano de Mensura y Subdivisión Nº 126529 de fecha 15-07-1997, correspondiente a la nomenclatura catastral Nº 1215002, Manzana 7, Parcela 2, en el cual consta los lotes de los cuales dispone el municipio;
Que estando previsto en la Ordenanza Nº 1241, Artículo 10º y 11º, y a lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Comisión Banco de Tierras, Artículo 24º, resulta factible adjudicar en forma directa un inmueble a favor de Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.);
Que la adjudicación del lote otorgará la posibilidad de que una persona de nuestra ciudad cuente con una vivienda propia, ya que ha resultado preadjudicataria del Programa de Viviendas que financiará la construcción de la misma, además de generarse una fuente de trabajo que beneficiará a otros habitantes de nuestra ciudad;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese la venta directa del Lote Nº 19 del Plano de Mensura Nº 126529 de fecha 15/07/1997, con una superficie total de 268,40 m2, Lote Municipal Nº 1.02, Manzana Municipal Nº 256.02, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 12-15-00-171541/0020-6, a la Asociación Trabajadores del Estado, CUIT Nº 30-53001357-6, con domicilio en calle San Luis Nº 2854 de la ciudad de Santa Fe, por la suma de Pesos Novecientos Cincuenta Mil ( $ 950.000.-) , según Plano de Mensura adjunto, detallado en ANEXO 1, que forma parte de la presente.
ARTICULO 2º: La escritura traslativa de dominio se formalizará con cargo de destinar el mismo a la construcción de una vivienda a favor del Sr. Diego José Dolfi, DNI Nº 26.407.254.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.-