¿Qué ordenanza estás buscando?

Ingresa el número de ordenanza si lo conoces o los términos de búsquedas hasta encontrar lo que buscas. Realiza todas las búsquedas que necesites.

AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL AL D.E.M. REALIZAR MENSURA Y SUBDIVISIÓN LOTE CALLE SAN MARTIN Y FRENCH (Robledo)


ORDENANZA Nº 1.329

VISTO:

El Expediente Nº 818214621; y

CONSIDERANDO:

Que mediante nota de fecha 23-03-2021, incorporada a fs. 01 del expediente detallado en el Visto; se requiere que por excepción se autorice la subdivisión de un lote de 200 m2;

Que la Sra. Nilda Clara Robledo, es titular del inmueble inscripto bajo el Nº 23094, Folio 168, Tomo 61, Sección Propiedades del Registro General de la Propiedad de la ciudad de Santa Fe, en virtud de Resolución Judicial Nº 261 del 04/07/2012 del Juzgado de Primera Instancia  de Circuito Nº 18 de la ciudad de El Trébol, el cual ordenó otorgar a su favor escritura traslativa de dominio;

Que mediante escritura Nº 175 de fecha 9 de octubre de 2014, otorgada por la Escribana Luciana Lorena Calcagno, titular del Registro Nº 758, se otorgó la correspondiente escritura por dos (2) lotes, que unidos, forman una superficie de 2000 m2, de 40 mts de frente por 50 mts de fondo;

Que, en fecha 20 de enero de 2014 la Sra. Nilda Clara Robledo, DNI Nº 18.111.058 vendió al Sr. Mario Molina, DNI Nº 12.793.230 un lote de terreno de 10 metros de frente por 20 metros de fondo que encierra una superficie total de 200 m2, que forma parte del lote de terreno descripto anteriormente;

Que a esa fecha se encontraba vigente la Ordenanza Municipal Nº 822/2010 que en su Artículo 1º determinaba que la dimensión mínima de los lotes debían tener 200 m2 y un frente mínimo de 10 mts.-

Que la citada Ordenanza fue derogada mediante el dicato de la Ordenanza Nº 1257/2019 de fecha 19-12-2019, Código de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana de la ciudad de El Trébol, que establece como tamaño mínimo de las parcelas habitacionales una superficie de 250m2 y un frente mínimo de 10 metros;

Que los Sres. Concejales, habiendo analizado los datos  del expediente y con el fin de evitar un conflicto entre las partes, expresan en forma unánime  aprobar la solicitud realizada por la Sra Nilda Clara Robledo y hacer lugar a la excepción requerida en la misma;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Otórguese, con carácter excepcional, autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para que apruebe la realización de la mensura y subdivisión del lote identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 15-00-172827/0000-2, ubicado en calles San Martín y French de esta ciudad de El Trébol, deslindando del inmueble de mayor área un lote con una superficie de 200 m2.

ARTICULO 2º: La autorización realizada en el Artículo precedente no releva a la beneficiaria de las demás obligaciones y procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 1257/2019 y sus normativas reglamentarias.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil veintiuno.-