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APROBAR DONACION 8 TERRENOS MUNICIPALES AL GOB.PROVINCIAL PARA 8 VIVIENDAS CASA PROPIA


ORDENANZA Nº 1.555

 

VISTO:

La Ordenanza N° 1366/2022 sobre la afectación de ocho inmuebles de propiedad de la Municipalidad de El Trébol Programa Habitacional: Plan N° 6168 – Construcción de 8 Viviendas correspondiente al Programa “Casa Propia – Construir Futuro”; y

 

CONSIDERANDO:

Que en los citados inmuebles estan en etapa de construcción, corresponden a  Programa “Casa Propia – Construir Futuro”, y actualmente se encuentran paralizadas por incumplimiento de las partes;

Que resulta imprescindible darle continuidad a las obras de las ocho viviendas, debido principalmente al deterioro propio del tiempo y del clima a las estructuras expuestas sin su debido cuidado;

Que la demanda de viviendas en nuestra ciudad alcanza niveles de importancia, y desde el Gobierno Municipal deben efectuarse todos los esfuerzos posibles para atenderla;

Que una vez culminadas las obras, el Superior Gobierno Provincial, por intermedio de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, definirá la adjudicación de las unidades habitacionales cuyos beneficiarios, una vez cancelados los planes de cuotas correspondientes, formalizarán la Escritura traslativa de Dominio de manera directa con la representación de la Dirección mencionada;

Que mantener el dominio a nombre de la Municipalidad de El Trébol de los ocho inmuebles según Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario N° 242205/2021, inscripto el 30/08/2021, y confeccionado por el Agr. Rodolfo José Maurino (ICOPA N° 1-0087), siendo que la adjudicación de las viviendas y sus lotes se instrumenta a nivel provincial, le generará a este Municipio los inconvenientes legales y jurídicos propios de ser responsables de los mismos, como así también durante la instancia en que se encuentran paralizadas y su posterior reanudación de obra hasta ser finalizadas debidamente;

Que, para proseguir con la tramitación que corresponde, debe procederse a la donación a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, los terrenos destinados para los programas habitacionales, con cargo de finalización de construcción;

Que los Sres. Concejales han analizado el Proyecto de ordenanza entendiendo viable  la donación de terrenos, expresando por unanimidad la conformidad al mismo;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º: Dispónese la donación con cargo de finalización de construcción a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, los terrenos de propiedad de esta Municipalidad de El Trébol que a continuación se describen:

1.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0001-4, Lote Municipal N° 2.01, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 1 según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 13806.-

2.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0002-3, Lote Municipal N° 2.02, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 2 según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16081.-

3.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0003-2, Lote Municipal N° 2.03, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 3 según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16082.-

4.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0004-1, Lote Municipal N° 2.04, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 4 según  Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16083.-

5.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0005-0, Lote Municipal N° 2.05, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 5  según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16084.-

6.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0006-9, Lote Municipal N° 2.06, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 6  según  Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16085.-

7.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0007-8, Lote Municipal N° 2.07, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 7 según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16086.-

8.– El inmueble identificado bajo PII N° 12-15-00-171548/0008-7, Lote Municipal N° 2.08, Manzana Municipal N° 252, T° 221I, F° 00261, N° 022860, 19/03/2001, Lote 8  según Plano de Mensura N° 242205/2021, Catastro Municipal N° 16087.-

ARTÍCULO 2°: La donación a que hace referencia el Artículo 1º es a los fines exclusivos de culminar la construcción de programas habitacionales por el Programa “Casa Propia – Construir Futuro” o el que en su defecto lo reemplace, quedando firme la misma sólo si se comienza la construcción del plan habitacional correspondiente dentro de los 12 (doce) meses de promulgada la presente, caso contrario volverá a ésta a modo de cláusula retroactiva, sin más trámite que lo normada por esta Ordenanza.-

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.-