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APROBAR CONVENIO URBANISTICO CON OPCIÓN DE COMPRA ENTRE MUNICIPIO Y JAVIER GHITTA


ORDENANZA Nº 1.477

 

VISTO:

  El convenio urbanístico con opción de compra formalizado entre  la Municipalidad de El Trébol y el Sr. Javier Isidro Ghitta, DNI Nº 20.257.629; y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento de referencia, la autoridad municipal formalizó un primer paso con el objetivo de desarrollar en los inmuebles objeto de la misma, el “Polo Tecnológico Educativo El Trébol”;

Que se trata de un ambicioso proyecto, que busca generar una urbanización especial, en zona apta para su desarrollo, con el objetivo de generar el “Polo Tecnológico Educativo El Trébol” y se construirían viviendas de densidad medio alta y uso mixto, destinado a paliar el déficit habitacional de los sectores de trabajadores con ingreso formal o autónomos con ingresos regulares, que no acceden a una vivienda en las condiciones actuales del mercado;

Que para la concreción del proyecto y ante la inexistencia de fondos suficientes para encarar una inversión municipal tradicional, así como la falta de disponibilidad de tierras municipales en la cantidad necesaria para el proyecto, se ha decidido recurrir a mecanismos alternativos, que significan aprovechar la condición oficial del ente municipal para obtener en favor de la Municipalidad beneficios, tales como la entrega de tierras, las obras de urbanización y construcciones que requiere el proyecto;

Que a tales fines y tratándose de cuestiones que involucran inmuebles y contrataciones, corresponde que el órgano legislativo municipal participe en la conformación de la voluntad del ente público y en tal sentido autorice al Ejecutivo Municipal a formalizar las contrataciones y compromisos que requiera el proyecto, dentro de los márgenes expuestos; con la carga de informar posteriormente al Cuerpo.

Que los Sres. Concejales, habiendo analizado los argumentos expuestos, aprueban el mismo por mayoría, dándose conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º: Apruébese el convenio urbanístico con opción de compra celebrado el día 07 de diciembre de 2022 por el Departamento Ejecutivo Municipal con Javier Isidro Ghitta, DNI. 20.257.629 y que forma parte de la presente Ordenanza, como Anexo I.-

ARTÍCULO 2°: Incorpórese a la zona urbana del Distrito de El Trébol, las fracciones de terreno comprendidas en el convenio urbanístico con opción de compra, descripto en el Artículo precedente, las que serán sometidas a mensuras de subdivisión a los fines de concretar el proyecto de urbanización denominado “Polo Tecnológico Educativo El Trébol”.

ARTÍCULO 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar las tratativas, cesiones y contrataciones necesarias, tendientes a concretar el proyecto de urbanización “Polo Tecnológico Educativo El Trébol”.

ARTÍCULO 4º: Requiérase al Departamento Ejecutivo Municipal, informe al Concejo Municipal  lo que actuare en virtud del presente.

ARTÍCULO 5°:  Comuníquese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.-