ORDENANZA N° 1.346
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Municipalidad de El Trébol reciba en comodato una Motoniveladora DRMCO 564, Característica interna MNC-282, Chasis N° 4912335, Motor Perkins N° TUA102204C, propiedad de aquella; y
CONSIDERANDO:
Que los términos del convenio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad son razonables;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades a la Intendente de la Municipalidad de El Trébol. Sra. Natalia Paola Sánchez, DNI Nº 27.744.498 para que represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento conforme se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;
Que han sido debidamente evaluados los beneficios que la formalización del convenio brindará a todos los habitantes de la zona mediante la ejecución de trabajos públicos;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
ARTÍCULO 1°: Aprúebase la concreción de un Convenio entre esta Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad donde ésta última entrega en comodato una Motoniveladora DRMCO 564, Característica interna MNC-282, Año 1996, Chasis N° 4912335, motor Perkins N° TUA102204C, para ser destinada a la realización de trabajos inherentes a la Prestación de Servicios de Orden Público tales como mantenimiento y perfilado de las Rutas Provinciales.-
ARTÍCULO 2°: Facúltese a la Intendente de la Municipalidad de El Trébol, Sra. Natalia Paola Sánchez, DNI Nº 27.744.498, para que suscriba el Convenio, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo, bajo la modalidad que convenga.-
ARTÍCULO 3°: Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad conforme la Ley N° 2756.-
ARTÍCULO 4°: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, a fin de resarcirse por los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil veintidós.-