ORDENANZA Nº 1558
VISTO:
La donación de Caminos suscripta por Javier Isidro Ghitta, DNI N° 20.257.629, Graciela Amelia Ghitta, DNI N° 17.812.592, y Augusta Amelia Monti, DNI N° 1.438.962, a favor de la Municipalidad de El Trébol, correspondiente a una fracción de terreno urbano y una suburbana, para ser destinadas a calles públicas; y
CONSIDERANDO:
Que ésta surge de la Mensura para Modificación de Estado Parcelario practicada por el Ingeniero Agrimensor Federico Piancatelli (ICOPA N° 1-0155-9) sobre una mayor superficie, propiedad del donante, correspondiente a una fracción de terreno, formando tres manzanas de terreno más o menos, situadas en el pueblo Tais (distrito El Trébol) y otra fracción de terreno ubicada en el pueblo Tais de este Departamento, Dominio inscripto bajo el N° 77510, Tomo 236 I, Folio N° 953, Año 2005, Partidas Inmobiliarias N° 12-15-00-172945/0000-1 y 12-15-00-172967/0000-3;
Que en el plano confeccionado se identifican como Lote B y D, ubicándose el primero a los 33,35 m del vértice designado con la letra Y hacia el Sur-Oeste hasta el vértice 12, es de forma irregular, forma una poligonal cerrada definida por los vértices 12-9-1-2-11-10-12, y mide 2,59 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 9-12) lindando con calle Catamarca, 154 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 1-9) lindando con calle Catamarca, 206 m de frente al Sur-Oeste (SEGMENTO 1-2) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 10 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 2-11) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 203,41 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 10-11) lindando con Lote A de este proyecto de mensura, y 143,97 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 12-10) lindando también con el Lote A de este proyecto de mensura para cerrar la poligonal, encerrando una superficie de 2.432,97 m2; y el segundo ubicándose a los 193,01 m del vértice designado con el número 23 hacia el Nor-Oeste hasta el vértice 16, es de forma irregular, forma una poligonal cerrada definida por los vértices 16-13-14-18-17-16, y mide 1,57 m de frente al Sur-Oeste (SEGMENTO 13-16) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 186,60 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 13-14) lindando con calle Catamarca, 3,83 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 14-18) lindando con calle Arribeños, 43,40 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 17-18) lindando con el Lote C de este proyecto de mensura, y 142,71 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 16-17) de este proyecto de mensura para cerrar la poligonal, encerrando una superficie de 341,34 m2;
Que los Lotes B y D del proyecto de Mensura para Modificación de Estado Parcelario significan la formalización de la traza de calle Compañía Argentina de Tierras y Catamarca, logrando que las mismas se adecúen en sus anchos oficiales según Ordenanza vigente del Código de Ordenamiento Territorial;
Que la forma irregular del Lote D responde también a una adecuación del ancho de calle Catamarca, a los efectos de regularizar su traza, obteniendo el ancho oficial requerido y resulte su línea de edificación Sur-Este paralela a la línea de edificación Nor-Oeste;
Que los Sres. Concejales, habiendo evaluado el proyecto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Acéptase la donación efectuada por Javier Isidro Ghitta, DNI N° 20.257.629, Graciela Amelia Ghitta, DNI N° 17.812.592, y Augusta Amelia Monti, DNI N° 1.438.962, a favor de la Municipalidad de El Trébol correspondiente a una fracción de terreno urbano y otra suburbana, las que surgen de la Mensura para Modificación de Estado Parcelario practicada por el Ingeniero Agrimensor Federico Piancatelli (ICOPA N° 1-0155-9) sobre una mayor superficie, propiedad del donante, correspondiente a una fracción de terreno, formando tres manzanas de terreno más o menos, situadas en el pueblo Tais (distrito El Trébol) y otra fracción de terreno ubicada en el pueblo Tais de este Departamento, Dominio inscripto bajo el N° 77510, Tomo 236 I, Folio N° 953, Año 2005, Partidas Inmobiliarias N° 12-15-00-172945/0000-1 y 12-15-00-172967/0000-3; y en el plano confeccionado se identifican como Lote B y D, ubicándose el primero a los 33,35 m del vértice designado con la letra Y hacia el Sur-Oeste hasta el vértice 12, es de forma irregular, forma una poligonal cerrada definida por los vértices 12-9-1-2-11-10-12, y mide 2,59 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 9-12) lindando con calle Catamarca, 154 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 1-9) lindando con calle Catamarca, 206 m de frente al Sur-Oeste (SEGMENTO 1-2) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 10 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 2-11) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 203,41 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 10-11) lindando con Lote A de este proyecto de mensura, y 143,97 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 12-10) lindando también con el Lote A de este proyecto de mensura para cerrar la poligonal, encerrando una superficie de 2.432,97 m2; y el segundo ubicándose a los 193,01 m del vértice designado con el número 23 hacia el Nor-Oeste hasta el vértice 16, es de forma irregular, forma una poligonal cerrada definida por los vértices 16-13-14-18-17-16, y mide 1,57 m de frente al Sur-Oeste (SEGMENTO 13-16) lindando con calle Compañía Argentina de Tierras, 186,60 m de frente al Nor-Oeste (SEGMENTO 13-14) lindando con calle Catamarca, 3,83 m de frente al Nor-Este (SEGMENTO 14-18) lindando con calle Arribeños, 43,40 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 17-18) lindando con el Lote C de este proyecto de mensura, y 142,71 m de frente al Sur-Este (SEGMENTO 16-17) de este proyecto de mensura para cerrar la poligonal, encerrando una superficie de 341,34 m2 los que pasarán a formar calles públicas a modo de continuidad de las existentes.-
ARTÍCULO 2°: Los lotes mencionados en el Artículo precedente serán incorporados a calles públicas de El Trébol y deberán guardárseles cuidado y mantenimiento conforme a su ubicación y necesidad.-
ARTÍCULO 3°: Desígnese al Lote B del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario, aceptado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, como ampliación de las calles públicas existentes, con los nombres de Compañía Argentina de Tierras y Catamarca según lo dispuesto en el esquema, por tratarse de la continuidad de dichas arterias.-
ARTÍCULO 4º: Desígnese al Lote D del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario, aceptado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, como ampliación de calle pública existente, con el nombre de Catamarca, por tratarse de la continuidad de dicha arteria.-
ARTÍCULO 5°: Reconócese que el Lote D, expuesto en el Artículo anterior, debe su forma irregular a una adecuación del ancho de calle Catamarca, a los efectos de regularizar su traza, obteniendo el ancho oficial requerido y resulte su línea de edificación Sur-Este paralela a la línea de edificación Nor-Oeste.-
ARTÍCULO 6°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.-