VISTO:
La sanción de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decretos reglamentarios; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha ley, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados para Municipios de Segunda Categoría y Comunas;
Que nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
Que el Municipio ha evaluado la necesidad de obras públicas de carácter prioritario para nuestro distrito a ejecutar durante el año 2011, siendo una de ellas la Remodelación del Salón Cervantes;
Que dicha obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;
Que los Sres. Concejales, valorando los beneficios que aportará la obra a la comunidad en su conjunto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decretos reglamentarios, el aporte de fondos no reintegrables correspondientes al Año 2011, para la realización de la obra pública prioritaria que se detalla a continuación:
ARTÍCULO 2º: Facúltase al Intendente de la Municipalidad de El Trébol, Sr. Fernando Emilio Almada, DNI Nº 16.200.798 a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno provincial el financiamiento parcial de la obra que se menciona en el Artículo 1º, cuya realización se aprueba en este acto, por un monto de $. 300.000.- (pesos trescientos mil). Asimismo, autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil diez.-