VISTO:
La nota presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitado a este Cuerpo legislativo autorice la transferencia de dominio de un terreno de propiedad municipal a favor del Sr. Daniel Ferrero y Sra., en función a documentación respaldatoria de la venta que se acompaña; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la sanción de la Ordenanza Nº 245 del año 1994, el lote producto de la venta, se incorpora al patrimonio municipal;
Que posteriormente, mediante Ordenanza Nº 263 del año 1995 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta de dicho inmueble, mediante licitación y/o subasta pública y transcurridos dos años, ésta no se produjo;
Que mediante Ordenanza Nº 331 de fecha noviembre de 1997, se vuelve a autorizar la venta del mismo inmueble, hecho innecesario en virtud a mantenerse en vigencia la antes citada Ordenanza Nº 263;
Que luego, a través del Decreto Nº 481/97 del Departamento Ejecutivo Municipal, se llama a Licitación Nº 06/97 para la venta del inmueble en cuestión, referenciándose en la Ordenanza Nº 331 y se declara desierta por Decreto Nº 506/98;
Que con posterioridad al Decreto 506/98 no existe Decreto de 2º llamado ni ningún otro vinculado a la venta de este lote, el cual en la actualidad continúa inscripto a nombre del Municipio – Comisión comunal -, según información catastral que se adjuntara;
Que sobre finales del año 2009 se hacen presentes en el Municipio el Sr. Daniel Ferrero y la Sra. Ivana correa de Ferrero, portando copia de u n boleto de compraventa del inmueble que nos ocupa, fechado el 10 de julio de 1998, sin ningún tipo de certificación más allá de sus propias firmas y de las autoridades municipales del momento, solicitando se proceda a la escrituración correspondiente, operación realizada por un valor de $. 1.800.- (Pesos un mil ochocientos) pagaderos en 10 cuotas mensuales, abonando la primera en esa oportunidad y acompañando además copias de los recibos de pago hasta la cuota 9;
Que no existe constancia fehaciente de que el dinero producto de la venta haya ingresado efectivamente a las arcas municipales, puesto que tal como se manifestara, no existe acto administrativo formal municipal que avale la misma;
Que la Tasa por Servicios municipal correspondiente a este lote, con posterioridad a la fecha del boleto de compra venta, se emite a nombre de los indicados como compradores;
Que el Escribano Delfor Fontanarrosa, quien hoy lleva adelante el proceso de escrituración, ha manifestado recordar que en su momento la venta fue realizada;
Que los Sres. Concejales, evaluando los antecedentes enviados, coinciden en que más allá de las omisiones y errores administrativos en que se ha incurrido en la operatoria de venta y en base a la documentación obrante, se debe brindar una solución a los contribuyentes que acreditaron haber efectuado una compra de buena fe;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a resolver la transferencia de dominio de un lote de terreno de propiedad municipal, con lo clavado, plantado y edificado, ubicado a los 25,60 metros de la esquina sur oeste hacia el Este y que mide 20 metros de frente al Sur, igual contrafrente al Norte por 18 metros de fondo en cada uno de sus costados Este y Oeste, equivalente a una superficie de 360 m2, lindando al Sur con calle Bv. Europa, al Oeste con Francisco Gallina, al Norte con propiedad de H. Allochi y otros y al Este con propiedad de Rafael Buzán y otros, Partida 121500-173051/0000-6, dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe bajo el tomo 203, Fº 478, Nº 44612 de fecha 07.06.97, en función a documentación respaldatoria de la venta que en carácter de antecedentes, se incorpora a la presente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil diez.-