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Autorización para la construcción de 2 viviendas sobre lote propio


ORDENANZA Nº 786

VISTO:

La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, para la construcción en nuestra ciudad, de dos (2) viviendas sobre lote propio, 1 “PEL” de dos dormitorios y 1 “V.E. cl” – 2 dormitorios, según obra en expediente Nº 15201-0129813-1 del citado Organismo; y

CONSIDERANDO:

Que resulta indispensable contar con la aprobación del H. Concejo Municipal para que el Departamento Ejecutivo Municipal reciba los aportes e inicie el proceso de compra de materiales y la construcción de las viviendas;

Que la construcción de estas unidades habitacionales permitirá reducir el déficit de viviendas que padece nuestra ciudad;

Que los Sres. Concejales, evaluando los beneficios que aportará la obra, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Autorízase la construcción en nuestra ciudad, de dos (2) viviendas sobre lote propio, según tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, obrante en el expediente Nº 15201-0129813-1 del citado Organismo.-

ARTÍCULO 2º:        Conforme a la Resolución Nº 2856 de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, de fecha 30 de diciembre de 2009, los beneficiarios de la construcción de las viviendas indicadas en el Artículo 1º, son:

ADJUDICATARIOS DNI Nº UBICACIÓN MONTO
Medina, Eliana E

Taglialabore, Diego

33.361.907

28.157.374

Mz. 99 Quinta 7 – LB. – “P.E.L:” $. 71.146,00
Medina, Paola A.

Calvo, Angel R.

26.742.013

26.896.177

Mz. 23(303) – L.

30 – “V.E. cl”

$. 71.146,00
TOTAL $. 142.292,00

ARTÍCULO 3º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil diez.-