VISTO:
La nota presentada por el Escribano Delfor E. Fontanarrosa, solicitando a este Cuerpo legislativo autorice al Sr. Intendente Municipal a condonar la deuda que en concepto de Tasas municipales recaen sobre el Lote Nº 7 del Plano Nº 78.369, correspondiente a un lote ubicado en la esquina de las calles Mitre y Berlín de la manzana Nº 7 del Plano del Pueblo Tais, catastrado como contribuyente Nº 13637, a nombre de Manuel Biglia y otros; y
CONSIDERANDO:
Que sustenta el pedido con el hecho que el referido lote fue adquirido por la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina en el año 1975, para la construcción de un barrio de viviendas que debido a los sucesos políticos que derivaron en el golpe de estado del año 1976 no pudo llevarse a cabo, procediendo a partir del año 1985 a la escrituración de los lotes mencionados en el Plano Nº 78.369 a favor de los compradores de los mismos;
Que por sus características irregulares, este lote no fue destinado a la ejecución de viviendas;
Que conformada la Cooperadora del Hospital SamCo El Trébol se planteó la posibilidad de gestionar ante el Secretario General de ATILRA, Seccional El Trébol, Sr. Jorge Alberto Alvarez, la autorización para poner a la venta dicho lote y donar el producido de la venta a dicha Institución de Servicio, para destinar a cubrir gastos de mantenimiento o compra de elementos o materiales médicos necesarios en la cobertura de salud, propuesta que fue gustosamente aceptada;
Que finalmente la venta se realizó en la suma de $. 26.000.- (Pesos veintiséis mil) de la que se dedujo la suma de $. 910.- (Pesos novecientos diez) en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de lo que surge una suma neta de $. 25.090.- (Pesos veinticinco mil noventa);
Que pesa sobre dicho lote una deuda en concepto de Tasas municipales, que reduciría sustancialmente el aporte a brindar al Hospital SamCo El Trébol, por lo cual, atendiendo la importante función de servicio que cumple esta Institución y el destino al que serán aplicados los recursos, han considerado plantear que de forma excepcional, se le condone la deuda que registran por este concepto;
Que los Sres. Concejales, evaluando los argumentos expuestos en la nota y teniendo especialmente en cuenta el destino de los recursos, expresan en forma unánime su conformidad en autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a acceder a lo solicitado por el Escribano Fontanarrosa en su nota;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a condonar la deuda que en concepto de Tasa por Servicios se registra sobre el Lote Nº 7 del Plano Nº 78.369, ubicado en la esquina de las calles Mitre y Berlín, de la manzana Nº 7 del Plano del Pueblo Tais, catastrado como Contribuyente Nº 13637, a nombre de Manuel Biglia y otros.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil nueve.-