VISTO:
El llamado a Licitación Pública dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, estableciendo el Pliego de Bases Generales Reglamentarias, el de Condiciones Particulares y los Anexos I y II respectivamente, con el objeto de proveerse de materiales, equipamiento y mano de obra para la ejecución de repavimentación y demarcación vial urbana en el ámbito de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza de Compras Nº 15 y sus modificatorias establece en su Capítulo VII, De las Licitaciones Públicas, Artículo 27º, inc. b), que en los casos en que la compra a realizar supere el monto de $. 250.000.- (Pesos doscientos cincuenta mil), este Cuerpo legislativo, previo al llamado a Licitación Pública, deberá aprobar los pliegos a través del instrumento legal correspondiente;
Que siendo ésta una condición excluyente en la Licitación que nos ocupa, los Sres. Concejales han analizado en forma pormenorizada la documentación presentada y entendiendo que se han tenido en cuenta todos los aspectos formales y legales que corresponden a un llamado a Licitación Pública de esta naturaleza, expresan en forma unánime su conformidad al Pliego confeccionado;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases Generales Reglamentarias, el de Condiciones Particulares y los Anexos I y II respectivamente, elaborados por el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondiente al llamado a Licitación Pública dispuesto para la provisión de materiales, equipamiento y mano de obra para la ejecución de repavimentación y demarcación vial urbana en el ámbito de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil nueve.-