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Aceptación de donación terreno efectuada por Hugo y Dante Bosio


ORDENANZA N° 741

VISTO:

El Acta de Donación de Caminos suscripto por los Sres. Hugo Juan Bosio, LE: 6.300.499 y Dante Alfredo Bosio, LE. 6.291.581 a favor de la Municipalidad de El Trébol, correspondiente a una fracción de terreno urbano, para ser destinada a calle pública; y

CONSIDERANDO:

Que ésta surge de la mensura y subdivisión en trámite practicada por el Agrimensor Rodolfo José Maurino sobre una manzana propiedad de los donantes, designada como una fracción de terreno situada en el Pueblo El Trébol, hoy ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, que forma la parte Nor-Oeste de la quinta Nº 31 del Plano Oficial de dicho Pueblo y señalada como Lote Nº 4, según Plano de Mensura Nº 136.665/4, dominio inscripto bajo el Número 30.318, Folio Nº 321, Tomo 221 impar, Partida Nº 121500-173039/0021-9;

Que dicho lote se ubica en la intersección de las calles Corrientes y la Ruta Provincial Nº 13, al Noroeste de la manzana hacia el Norte y por calle Corrientes mide 20,00 m de frente, igual contrafrente y al Suroeste por la Ruta Provincial Nº 13 mide 40,00 metros, igual contrafrente y ocupa una superficie de 800,00 m2, lindando al Suroeste con Ruta Provincial Nº 13; al Noroeste con calle Corrientes; al Noreste con los Lotes B, C y D, todos del mismo plano de mensura y subdivisión, el que pasará a formar calle pública;

Que los Sres. Concejales, evaluando que de esta manera se permite la inscripción de la mensura en el Servicio de Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, a la vez que cumple con directivas impuestas en la materia por la Dirección Provincial de Vialidad, expresan en forma unánime su conformidad al proyecto;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Acéptase la donación efectuada por los Sres. Hugo Juan Bosio, LE: 6.300.499 y Dante Alfredo Bosio, LE. 6.291.581 a favor de la Municipalidad de El Trébol, de la fracción de terreno urbano que surge de la mensura y subdivisión en trámite practicada por el Agrimensor Rodolfo José Maurino sobre una manzana propiedad de los donantes, situada en el Pueblo El Trébol, hoy ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, que forma la parte Nor-Oeste de la quinta Nº 31 del Plano Oficial de dicho Pueblo y señalada como Lote Nº 4,ubicado en la intersección de la calle Corrientes y la Ruta Provincial Nº 13, según Plano de Mensura Nº 136.665/4, dominio inscripto Número 30.318, Folio Nº 321, Tomo 221 impar, Partida Nº 121500-173039/0021-9, con una superficie de 800 m2, que serán destinados a calle pública.-

ARTÍCULO 2°:        El mencionado lote será incorporado a calle pública de El Trébol y deberá guardársele cuidado y mantenimiento conforme a su ubicación y necesidad.-

ARTÍCULO 3°:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil ocho.-