VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.069; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se aprueba el Régimen Legal para Grandes Superficies Comerciales en la Provincia de Santa Fe;
Que dicha normativa regula la habilitación, instalación, ampliación, modificación, transferencias, traslados, cambios de rubros y funcionamiento de las grandes superficies comerciales, cualquiera sea la denominación que adopten, en los rubros de comercialización, elaboración y venta de productos;
Que se constituye en el marco legal para regular los diversos aspectos vinculados a las grandes superficies comerciales en el ámbito de esta Municipalidad;
Que a través del Artículo 29º de la Ley Nº 12.069, se invita a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a adherir a sus disposiciones;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Ahdiérase la Municipalidad de El Trébol a las disposiciones que sean pertinentes de la Ley Provincial Nº 12.069.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de octubre del año dos mil ocho.-