VISTO:
El Acta de Donación de Caminos presentada por el Sr. DEGANO, Jorge Alberto, DNI. Nº 06.026.170; DEGANO, Rodolfo, DNI Nº 06.300.491 y DEGANO de POCHETTINO, Lida Nélida DNI. Nº 01.156.764 de un camino para uso público originado por la mensura en trámite de inscripción realizada por el Agrimensor Maurino Rodolfo, I.C.O.P.A. 1-0087 en el siguiente inmueble “tres fracciones de terreno de campo, ubicados en la colonia Passo, distrito El Trébol, Dpto. San Martín, remanente de los lotes 5, 6 y 7 de un plano particular confeccionado por el Agrimensor Francisco Meroni en Marzo de 1940, según Plano de Mensura Nº 72013 del año 1974” y
CONSIDERANDO:
Que en la mensura en trámite de inscripción practicada por el Agrimensor Maurino Rodolfo, I.C.O.P.A. 1-0087, en terrenos de “DEGANO, Jorge Alberto; DEGANO, Rodolfo y DEGANO de POCHETTINO, Lida Nélida” según dominio inscripto al Tomo 125 Par – Folio 812/817 – Número 19247/49 – año 1970 – Registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo la partida de Impuestos Inmobiliario Nº 12-15-00-173184/0000-7 y 12-15-00-173185/0000-6 se origina el Lote “5b” Pol. “AEBF”, con una superficie de 1 has., 06 as., 49 cas, 09 dm2, destinado a calle pública;
Que teniendo en cuenta la superficie total del terreno mensurado, el camino permitiría la circulación más ágil de los vecinos, ya que uniría la Ruta 40 S con camino límite entre Carlos Pellegrini y El Trébol;
Que es requisito a cumplimentar para la aprobación del plano de mensura por parte de la Dirección de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información territorial;
Que los Sres. Concejales, valorando los beneficios que aportará la donación, expresan en forma unánime su conformidad al proyecto;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Aceptar la donación por parte de “DEGANO, Jorge Alberto; DEGANO, Rodolfo y DEGANO de POCHETTINO, Lida Nélida, del camino rural originado por la mensura en trámite de inscripción realizada por el Agrimensor Maurino, Rodolfo I.C.O.P.A. 1-0087 en el inmueble: “tres fracciones de terreno de campo, ubicados en la colonia Passo, Distrito El Trébol, Dpto. San Martín, remanente de los lotes 5, 6 y 7 de un plano particular confeccionado por el Agrimensor Francisco Meroni en marzo de 1940, según Plano de Mensura Nº 72013 del año 1974” designado como Lote “5b”, polígono “AEBF” que ocupa una superficie de 1 ha., 06 as., 49 cas. 09 dm2.-
ARTÍCULO 2º: La Municipalidad incluiría los mismos dentro de Caminos Rurales Municipales y se compromete a realizar los trabajos de mantenimiento que los mismos requieran.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los trece días del mes de marzo del año dos mil ocho.-