VISTO:
La tramitación iniciada por la Municipalidad de El Trébol ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, para la construcción en nuestra ciudad de ocho (8) viviendas, según obra en expediente Nº 15201-0123196-3 del citado organismo; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario contar, previo a la aprobación del trámite, con la presentación del estudio de suelo del terreno afectado a la construcción de las viviendas;
Que según los informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen las previsiones de fundaciones especiales;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a lo planteado;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Asúmese la responsabilidad y los eventuales costos que pudieran originarse por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en los terrenos destinados a la construcción de ocho (8) viviendas, según tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, obrante en el expediente Nº 15201-0123196-3 del citado organismo.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil ocho.-