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Autorización a dar de baja del Inventario Patrimonial las máquinas y/o equipos en desuso


ORDENANZA Nº 631

VISTO:

La existencia de varias máquinas y/o equipos que se encuentran en desuso y sin posibilidad de recuperación para su funcionamiento normal; y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario dar de baja equipamiento y maquinaria obsoleta y proceder a otorgarles un destino;

Que el equipamiento mencionado se encuentra en mal estado de conservación y el paso del tiempo incrementa su deterioro;

Que es factible obtener algún rédito económico para la Municipalidad procediendo a su venta, como asimismo facilitar la limpieza y ordenamiento del predio de Maestranza;

Que el producido de la venta puede destinarse a reequipamiento y/o mantenimiento de la maquinaria existente o a cubrir otras necesidades del Municipio;

Que a los fines de permitir agilidad y practicidad para resolver la cuestión se estima procedente autorizar a la venta directa por parte del Departamento Ejecutivo Municipal;

Que los Sres. Concejales comparten en forma unánime los argumentos puestos de manifiesto;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja del Inventario Patrimonial las máquinas y/o equipos que se indican a continuación:

  • Tractor marca John Deere 445, Nº T 14;
  • Tractor marca Anomag 75 R, Nº T 15;
  • Tractor marca Fiat Someca 45, Nº T 16;
  • Retroexcavadora marca Grosspal, Nº R 37;
  • Barredora de arrastre marca Urving, Nº V 83;
  • Motoniveladora marca Blacknow, motor Leila, Nº MN 05;
  • Motoniveladora marca Wakefield, Nº MN 04;
  • Camioneta marca Peugeot 504, Nº VL 33;
  • Automóvil Ford Falcon Rural, Nº A 38;
  • Tanque para riego de 8.000 lts. chasis Cafito Código 602
  • Tanque para riego marca Cafito de 8.000 lts. Código 603

ARTÍCULO 2º:        Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta directa de las máquinas y/o equipos detallados en el Artículo 1º, en forma individual y/o por lotes y/o en conjunto.-

ARTÍCULO 3º:        El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar al H. Concejo Municipal lo actuado en función del Artículo 2º, detallando los montos obtenidos y acompañando en cada caso las justificaciones correspondientes.-

ARTÍCULO 4º:        Para la venta del Camión marca Fiat 673 con trompo hormigonero, Nº CH 22 y el equipamiento de planta hormigonera, el Departamento Ejecutivo Municipal recepcionará  las ofertas, las que serán puestas a disposición de este Concejo Municipal para su análisis y aprobación.-

ARTÍCULO 5º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinte días del mes de julio del año dos mil seis.-