VISTO:
El Decreto Provincial Nº 2756/05 dictado por el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que promueve la creación de un Padrón Provincial de Deudores en Riesgo de Ejecución de Vivienda Única, que acumulen una deuda original al 22.09.2004 que no exceda los $. 60.000.- en mora judicial o extrajudicial; y
CONSIDERANDO:
Que la Vivienda Única de habitación familiar y permanente es un bien social que merece ser defendido desde todos los estamentos de gobierno;
Que en la ciudad de El Trébol existen familias cuya vivienda única se encuentra en riesgo de ejecución;
Que en la actualidad no existen datos estadísticos oficiales sobre este tema;
Que es importante la iniciativa que el Gobierno provincial ha tomado para que a través de la Secretaría de Promoción Comunitaria, se confeccione un Registro Único donde se empadronen todos los deudores de la Provincia que se encuentren en esa situación;
Que el Área de Desarrollo Social del Municipio es el ámbito idóneo para llevar a cabo el relevamiento en nuestra ciudad;
Que teniendo en cuenta que se han fijado plazos perentorios para la inscripción, con vencimiento al 28 de abril pxmo., se hace necesario darle a la iniciativa la más amplia difusión a través de los medios;
Que los Sres. Concejales comparten los argumentos puestos de manifiesto;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dispónese que a través del Área de Desarrollo Social del Municipio se lleven adelante las gestiones que correspondan, tendientes a lograr el empadronamiento de los deudores en riesgo de ejecución de vivienda única, conforme al Decreto Provincial Nº 2756.-
ARTÍCULO 2º: Atento a los plazos perentorios fijados para la inscripción, disponemos se le dé a la presente, la más amplia difusión a través de los medios.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis.-