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Convenio con Vialidad por desmalezado Red Vial Provincial


ORDENANZA Nº 601

VISTO:

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Municipalidad de El Trébol ejecutará trabajos de desmalezado de la Red Vial Provincial Pavimentada, dentro del ámbito de su jurisdicción durante el año 2006, en el marco del Programa de Descentralización Vial implementado; y

CONSIDERANDO:

Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por la Municipalidad son razonables y compensa las inversiones a su cargo;

Que se hace necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal, Sr. Fernando Emilio  Almada, DNI Nº 16.200.798 y al Secretario de Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental, Arq. Juan Pablo Santinelli, DNI Nº 25.145.955 para que representen y realicen todos lo actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la tasa que se establezca;

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad durante el ejercicio en el cual se ejecutarán las tareas;

Que evaluados los beneficios que brindará el Convenio a suscribir a la comunidad toda, los Sres. Concejales expresan en forma unánime su conformidad en brindar la autorización requerida;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de El Trébol, representada por su Intendente, Sr. Fernando Emilio Almada, DNI Nº 16.200.798 y la Dirección Provincial de Vialidad para el Desmalezado de la Red Vial Provincial pavimentada durante el ejercicio del año 2006, conforme al plan de trabajos a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización

implementado.-

ARTÍCULO 2º:        Facúltase al Intendente de la Municipalidad de El Trébol, Sr. Fernando E. Almada, DNI 16.200.798 y al Secretario de Planeamiento Urbano y Gestión Ambiental Arq. Juan Pablo Santinelli, DNI 25.145.955, a realizar los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio y a la percepción del monto certificado, en función de la tasa establecida.-

ARTÍCULO 3º:        Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.-

ARTÍCULO 4º:        Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de El Trébol durante el ejercicio del año 2006, en el que se ejecutarán los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

ARTÍCULO 5º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil cinco.-