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Autorización Sr. Intendente firma de Convenio de préstamo para construción cordón cuneta de hormigón y estabilizado granular en calzadas – Texto Ordenado


ORDENANZA Nº 582 de fecha 14.04.05

Texto Ordenado

(Incluye modificaciones Ordenanza Nº 592 de fecha 01.09.05)

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:        Autorízase al Sr. Intendente Municipal a gestionar y firmar el Convenio de Préstamo correspondiente para la ejecución de los trabajos de construcción de cordón cuneta de hormigón y estabilizado granular de la calzada en las siguientes calles:

  • 25 de Mayo, entre Bv. Europa y Corrientes;
  • Cortada La Rioja, entre Bv. Europa y Corrientes;
  • Juan de Garay, entre Bv. Europa y Corrientes;
  • Bv. Europa, entre Pedro T. de Larrechea y 25 de Mayo;
  • Corrientes, entre Juan de Garay y 25 de Mayo;
  • Rosendo M. Fraga, entre Bv. Europa y Corrientes;
  • Rosendo M. Fraga, entre Córdoba y entre Ríos;
  • Corrientes, entre Rosendo M. Fraga y Juan Breüning;
  • Cortada El Ombú, entre Rosendo M. Fraga y Juan Breüning;
  • Juan Breüning, entre Córdoba y Entre Ríos;

(Ordenanza Nº 592 de fecha 01.09.05)

ARTÍCULO 2º:        El convenio mencionado será el que resulte de la aplicación del Subprograma de Ejecución de Infraestructura por Gestión Municipal, de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-

ARTÍCULO 3º:        Dispóngase como garantía del préstamo los fondos que por Coparticipación de Impuestos Provinciales le correspondan a esta Municipalidad y habilítase al Gobierno Provincial, a través de la Contaduría y la Tesorería General de la Provincia de Santa Fe y al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. a retener en forma automática las sumas correspondientes a las cuotas mensuales que correspondan a la operatoria mencionada.-

ARTÍCULO 4º:        Los trabajos que se involucren por el Convenio respectivo se ejecutarán por administración municipal, quedando a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio la elaboración de los proyectos correspondientes para su aprobación por el organismo competente.-

ARTÍCULO 5º:        Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-