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Exímase a Emprendimientos productivos de cargos de inscripción municipal y Derecho de Registro a inspección


ORDENANZA Nº 584

VISTO:

El Decreto Nº 189/2004 del Poder Ejecutivo Nacional, creando en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social; y

CONSIDERANDO:

Que el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe se ha adherido mediante la Ley Nº 12.393;

Que este régimen favorece la consolidación de pequeñas unidades de producción de bienes o prestación de servicios;

Que además favorece su control, en especial cuando se tratare de actividades que pudieren afectar la salud de la población;

Que se detectan desde este Municipio potenciales beneficiarios del sistema;

Que los Sres. Concejales coinciden en que desde el ámbito de actuación que nos compete, se hace necesario acompañar las políticas que tanto el Gobierno Nacional como el Gobierno Provincial consideran conveniente implementar;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A  

ARTÍCULO 1º:        Exímase a los emprendimientos productivos radicados en nuestra ciudad que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, por el término que permanezcan inscriptos en el mismo, de todo cargo de inscripción municipal de cualquier especie y del Derecho de Registro e Inspección Municipal.-

ARTÍCULO 2º:        Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los catorce días del mes de abril del año dos mil cinco.-