VISTO:
La necesidad de formalizar un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por medio del cual esta Municipalidad de El Trébol recibe en comodato bienes patrimoniales propiedad de aquélla; y
CONSIDERANDO:
Que los mismos serán destinados a la ejecución de trabajos públicos;
Que a los efectos de garantizar el acuerdo a suscribir, corresponde autorizar a la repartición provincial a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a nuestro Municipio;
Que los Sres. Concejales, evaluando los beneficios que la formalización del acuerdo brindará a través de los trabajos que se llevarán a cabo, en forma unánime expresan su conformidad a brindar la autorización requerida;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad referido a la provisión de bienes patrimoniales por parte de este organismo provincial para ser destinados a la ejecución de trabajos públicos durante el ejercicio 2003.-
ARTÍCULO 2°: Facúltase al Sr. Intendente Municipal, CPN Angel Mateo Rossi, LE. 6.302.085, a suscribir el respectivo convenio según modelo adjunto a la presente, como así también a realizar los actos necesarios para asegurar el cumplimiento del mismo.-
ARTÍCULO 3°: Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad de El Trébol, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.-
ARTÍCULO 4°: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que por todo concepto le corresponda a la Municipalidad de El Trébol durante el ejercicio 2003, a los efectos de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del convenio a suscribir.-
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil tres.-