VISTO:
El Convenio subscripto en fecha 14 de agosto de 2002 entre la Municipalidad de El Trébol, la Empresa Constructora del Litoral S.A. y las empresas locales Sucesores de Alfredo Williner S.A. y Cooperativa Agrícola Ganadera de El Trébol Ltda. como partes; y
CONSIDERANDO:
Que a través de este acuerdo se han establecidos nuevas pautas a las que estará sujeta la continuidad de la obra de distribución domiciliaria de gas natural en nuestra ciudad, actualmente paralizada;
Que conforme a los términos del Convenio, surge la necesidad de aprobar el acuerdo alcanzado mediante Ordenanza para otorgarle validez y ejecución al acto aludido;
Que los Sres. Concejales, atendiendo la situación general relativa a esta obra y luego de evaluadas distintas alternativas, concluyen que es la única forma posible de finalizarla, teniendo en cuenta el interés de la totalidad de los vecinos beneficiados;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Apruébase y ratificase en todos sus términos el Convenio suscripto en fecha 14 de agosto de 2002 entre la Municipalidad de El Trébol, la empresa Constructora del Litoral S.A. y las empresas locales Sucesores de Alfredo Williner S.A. y Cooperativa Agrícola Ganadera de El Trébol Ltda. como partes, cuya copia se adjunta a la presente.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil dos.-