VISTO:
La necesidad de llegar a un nuevo acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Municipalidad de El Trébol recibe en comodato, bienes patrimoniales propiedad de aquella; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 484 de fecha 27.12.2001 se había autorizado al Departamento Ejecutivo a la firma de un Convenio para efectivizar lo indicado en el Visto, que de común acuerdo entre las partes se resolvió rescindir, para adaptar sus condiciones a la realidad económica actual;
Que los términos del nuevo Convenio refieren a la provisión de bienes patrimoniales por parte de la Dirección Provincial de Vialidad, que el Municipio destinará a la ejecución de trabajos públicos;
Que a los fines de garantizar su cumplimiento, corresponde autorizar a dicha repartición a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan al Municipio;
Que evaluados los beneficios que la formalización del Convenio brindará a todos los habitantes de la zona mediante la ejecución de los trabajos a realizar, los Sres. Concejales prestan en forma unánime su conformidad a lo requerido;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad, referido a la provisión de bienes patrimoniales por parte de este Organismo Provincial, para ser destinados a la ejecución de trabajos públicos durante el ejercicio 2002.-
ARTÍCULO 2°: Facúltase al Intendente Municipal de la ciudad de El Trébol, CPN Angel Mateo Rossi, LE. N° 6.302.085, a suscribir el respectivo convenio, cuyo modelo se adjunta a la presente, como así también a realizar los actos necesarios para el cumplimiento del mismo.-
ARTÍCULO 3°: Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad de El Trébol, conforme a la Ley N° 2756, Orgánica de Municipalidades.-
ARTÍCULO 4°: Autorízace a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le corresponda durante el ejercicio 2002 a la Municipalidad de El Trébol, por todo concepto, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio a suscribir.-
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dos.-