¿Qué ordenanza estás buscando?

Ingresa el número de ordenanza si lo conoces o los términos de búsquedas hasta encontrar lo que buscas. Realiza todas las búsquedas que necesites.

Apruébase Convenio Vialidad Bienes Patrimoniales


ORDENANZA N° 498

VISTO:

La necesidad de llegar a un nuevo acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta Municipalidad de El Trébol recibe en comodato, bienes patrimoniales propiedad de aquella; y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza N° 484 de fecha 27.12.2001 se había autorizado al Departamento Ejecutivo a la firma de un Convenio para efectivizar lo indicado en el Visto, que de común acuerdo entre las partes se resolvió rescindir, para adaptar sus condiciones a la realidad económica actual;

Que los términos del nuevo Convenio refieren a la provisión de bienes patrimoniales por parte de la Dirección Provincial de Vialidad, que el Municipio destinará a la ejecución de trabajos públicos;

Que a los fines de garantizar su cumplimiento, corresponde autorizar a dicha repartición a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan al Municipio;

Que evaluados los beneficios que la formalización del Convenio brindará a todos los habitantes de la zona mediante la ejecución de los trabajos a realizar, los Sres. Concejales prestan en forma unánime su conformidad a lo requerido;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Apruébase la concreción de un Convenio entre la Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad, referido a la provisión de bienes patrimoniales por parte de este Organismo Provincial, para ser destinados a la ejecución de trabajos públicos durante el ejercicio 2002.-

ARTÍCULO 2°:        Facúltase al Intendente Municipal de la ciudad de El Trébol, CPN Angel Mateo Rossi, LE. N° 6.302.085, a suscribir el respectivo convenio, cuyo modelo se adjunta a la presente, como así también a realizar los actos necesarios para el cumplimiento del mismo.-

ARTÍCULO 3°:        Apruébase la inversión que deberá realizar la Municipalidad de El Trébol, conforme a la Ley N° 2756, Orgánica de Municipalidades.-

ARTÍCULO 4°:        Autorízace a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le corresponda durante el ejercicio 2002 a la Municipalidad de El Trébol, por todo concepto, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio a suscribir.-

ARTÍCULO 5°:        Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dos.-