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Apruébase Acta adhesión recepcionar LECOP


ORDENANZA N° 493

VISTO:

La sanción por parte de la H. Legislatura de la Provincia de Santa Fe de la Ley 11965, norma por medio de la cual entre otros conceptos se presta conformidad a los convenios oportunamente subscriptos entre el Poder Ejecutivo nacional y el de nuestra provincia, promoviendo las condiciones necesarias para la emisión, recepción, circulación y negociación de Títulos, Letras, Bonos u otros documentos emitidos o a emitirse por el Estado Nacional y/o Provincial,  entre ellos las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales, (LECOP),  reglamentadas por el Decreto Nacional N° 1004/01 y su modificatorio 1603/01; y

CONSIDERANDO:

Que haciendo uso de las facultades que indica la citada Ley, la Provincia ha informado que abonará las deudas que por fondos coparticipables mantiene con Municipios y Comunas de su ámbito con este instrumento, fijando además en que proporción serán recepcionados para la cancelación de tributos y/o servicios prestados por los Entes provinciales o municipales;

Que por tal motivo la Municipalidad de El Trébol se verá en la obligación de cancelar sus obligaciones en forma total o parcial de esta manera, en especial lo que al pago de sus proveedores se refiere;

Que  el Departamento Ejecutivo Municipal ha firmado un Acta de Adhesión al Convenio de suscripción al Programa de Emisión de Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales lanzado, por medio del cual asume la responsabilidad de aceptar los títulos o documentos referidos para el pago parcial o total, según se reglamente, de las deudas que generen los vecinos por Tasas y/o Servicios prestados por la Municipalidad;

Que los Sres. Concejales expresan en forma unánime su conformidad a crear las condiciones legales necesarias que den una respuesta inmediata a los requerimientos que en esta materia se presenten;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Apruébase el Acta de Adhesión al Convenio de Suscripción del Programa de Emisión de Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP) que en representación de la Municipalidad de El Trébol ha firmado el Sr. Intendente Municipal, CPN Angel Mateo Rossi y como anexo se agrega a la presente.-

ARTÍCULO  2°:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, acorde a las facultades que establecen las normas provinciales al respecto,  a recepcionar las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales, (LECOP), para el pago de los servicios de carácter ordinario o extraordinario que le preste a los vecinos de nuestra ciudad, definiendo en que porcentaje los recibirá para la cancelación de deudas que por tal motivo se generen con la Municipalidad de El Trébol.-

ARTÍCULO 3°:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer el uso de las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales, (LECOP), para afrontar el pago de las obligaciones que existan a la fecha o se generen a futuro, ya sea con el Estado Nacional o Provincial como así también con los organismos descentralizados o empresas con participación estatal, de acuerdo a las normas en vigencia.-

ARTÍCULO 4°:        Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar la modalidad de uso de las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales, (LECOP), en el pago de las obligaciones asumidas frente a terceros (Proveedores) para el pago de bienes y servicios, como así también a fijar en que proporción participarán estos documentos para el pago de salarios a los empleados municipales.-

ARTÍCULO 5°:        Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil dos.-