VISTO:
La inquietud planteada por la Sra. LIBIA JUANA RETAMOSA, LC N° 5.595.777, quién integra la Planta del Personal Permanente de esta Municipalidad como Ordenanza, Agrupamiento Servicios Generales, Categoría N° 14; y el Señor GREGORIO ANDRONICO CABRAL, D.N.I. N° 6.276.252, que fuera empleado municipal, hoy jubilado, en el sentido de querer adquirir los respectivos inmuebles que les fueron otorgados en comodato en el año 1977 con un estado de avance en la construcción de un 18% (DIECIOCHO POR CIENTO) y a los que tras sucesivas mejoras y ampliaciones que les incorporaron hasta el momento, elevaron su estado al nivel de habitabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que la señora Libia Juana Retamosa, en algunos años podrá acogerse a los beneficios de la jubilación, contando ya el Sr. Cabral con la suya como agente municipal;
Que los interesados ocupan desde hace varios años las viviendas en calidad de comodatarios incorporándoles mejoras y ampliaciones, que indican que al margen de la relación que ambas personas hayan tenido o tengan con la Municipalidad de El Trébol, cuenten con derechos adquiridos que deben respetarse;
Que a los efectos de regularizar esta situación se ha procedido a valuar las mejoras con vistas a resolver la venta bajo condiciones favorables para las partes;
Que los Señores Concejales, compartiendo los argumentos puestos de manifiesto, en forma unánime expresan su conformidad a lo planteado;
Por todo ello el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a vender a la Sra. Libia Juana Retamosa en un valor de $ 3.320.- (Tres mil trescientos veinte pesos) el inmueble designado como Lote “B”, de la Manzana N° 7, Partida N° 12 15 00 171.540/0000-3 Plano de Mensura 96.484 y el Lote 1 de la manzana N° 7, Plano de mensura N° 126.529/97 y al Sr. Gregorio Andrónico Cabral en un valor de $. 3.120.- (Pesos tres mil ciento veinte) el inmueble designado como Lote “A”, de la Manzana N°7, Partida N° 12 15 00 171.540/0000-3, Plano de mensura N° 96.484. Los lotes descriptos se ubican en el Pueblo Paso, ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, República Argentina y hasta la fecha son ocupados independientemente por los antes mencionados en calidad de comodatarios.-
ARTICULO 2°: La modalidad cancelatoria de las deudas se fijará de común acuerdo, a partir de una discusión conjunta de las posibilidades de cada parte, dejándose establecido que los montos financiados deberán contemplar un interés resarcitorio máximo del 0,5% mensual sobre saldo.-
ARTICULO 3°: Los gastos que demande la transferencia del dominio de los inmuebles detallados en el Artículo 1° correrán por cuenta de los adquirentes.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil uno.-