VISTO:
Que el Municipio posee en propiedad lotes en diversas ubicaciones urbanas y suburbanas; y
CONSIDERANDO:
Que, a los efectos de plantear acciones de planificación urbana es imprescindible contar con la información actualizada respecto de la ubicación, dimensiones, datos catastrales y características específicas de los mismos;
Que, paulatinamente se incorporan lotes al patrimonio municipal por donaciones, cancelación de deudas u otros motivos;
Que, en ocasiones, Instituciones del medio solicitan donación de algún terreno para construir su sede social o llevar adelantes sus actividades, debiendo el Concejo Municipal resolver sobre el particular;
Que los Sres. Concejales concuerdan en lo beneficioso que resultará contar con un registro actualizado de los lotes cuya propiedad pertenece al Municipio;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Créase por la presente un REGISTRO DE LOTES pertenecientes a la Municipalidad de la ciudad de El Trébol, el que deberá contar con toda la información referida a los mismos, tales como ubicación, dimensiones, datos catastrales y de toda otra característica que sea de necesidad, a efectos de su correcta identificación.-
ARTÍCULO 2°: El Registro citado en el Artículo 1° se actualizará en forma anual, debiendo enviarse copia al H. Concejo Municipal.-
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de Noviembre del año dos mil.-