VISTO:
El pedido interpuesto ante nuestra Municipalidad por la Comisión Parroquial de la Iglesia Católica de El Trébol para colocar una imagen religiosa en la intersección de la Ruta Provincial N° 13 con el acceso a nuestra ciudad de calle J. F. Seguí y las posibilidades de acuerdo que existen para que la Dirección Provincial de Vialidad brinde para ello la debida autorización; y
CONSIDERANDO:
Que los términos del Convenio de autorización de obra propuestos por la Dirección Provincial de Vialidad son razonables y otorgan un derecho de ocupación y uso gratuito para la ejecución de la misma;
Que la Municipalidad queda exenta de abonar en concepto de reintegro de gastos por pago de aprobación de la documentación, verificación, controles durante la ejecución de la obra e inspección final;
Que se hace necesario simplificar la ejecución del convenio, otorgando facultades al Sr. Intendente Municipal para que presente y realice todos los actos que se requieran;
Que los Sres. Concejales, compartiendo el interés demostrado por la comunidad religiosa de nuestra ciudad en el proyecto, en forma unánime expresan su conformidad a lo solicitado;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Apruébase la formalización de un Convenio entre nuestra Municipalidad de El Trébol y la Dirección Provincial de Vialidad, para que la Comisión Parroquial de la Iglesia Católica de El Trébol pueda colocar una imagen religiosa en la intersección de la Ruta Provincial N° 13 con el acceso de calle J. F. Seguí de esta ciudad.-
ARTÍCULO 2°: Facúltase al Sr. Intendente Municipal, CPN Angel Mateo Rossi, L.E. N° 6.302.085 para que suscriba el respectivo Convenio, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo.-
ARTÍCULO 3°: En el caso que los trabajos requeridos para la concreción de la obra sean realizados por terceros ajenos al Municipio, se
///
///
deberá exigir un seguro de responsabilidad Civil, a satisfacción del Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y Dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de Noviembre del año dos mil.-