VISTO:
Que debe sancionarse el Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Municipal para el ejercicio Año 2000; y
CONSIDERANDO:
Que se ha efectuado un análisis detallado de los distintos rubros que importarán erogación para el funcionamiento del Cuerpo Deliberativo;
Que para ello se tomó como referencia las previsiones efectuadas para el ejercicio correspondiente al año 1999, la evolución de cada rubro y los montos efectivamente ejecutados;
Que a efectos de garantizar el normal funcionamiento del H. Concejo Municipal, se hace necesario fijar una metodología de transferencia de fondos desde el Departamento Ejecutivo;
Por ello, el H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Fíjase en $. 130.300. – (CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS PESOS) el Presupuesto General de Gastos del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol correspondiente al Ejercicio Año 2000, según el siguiente detalle:
1.1 Dietas Concejales $. 47.000. –
1.2 Gastos de Representación $. 39.800. –
1.3 Personal Temporario $. 500. –
1.4 Servicios Extraordinarios $. 2.000. –
TOTAL $. 89.300. –
2 – BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES – BIENES DE CONSUMO
2.3 Papelería, impresos y art.escritorio $. 1.500. –
2.4 Artículos de Limpieza $. 300. –
2.5 Productos para refrigerio $. 1.500. –
2.6 Artículos de Electricidad $ 500. –
2.7 Otros Bienes de Consumo $. 2.000. –
TOTAL $. 5.800. –
3.1 Electricidad, Agua y Gas $. 1.000. –
3.2 Fletes y Comisiones $.
200. –
3.3 Comunicaciones y Franqueos $. 2.500. –
3.4 Honorarios y retribuciones a Terceros $. 1.500.-
3.5 Publicidad, Propaganda, Difusión y Prevenc $. 1.000. –
3.6 Comisiones, Sellados y Gtos.Banco $. 1.300. –
3.7 Conservaciones y Reparaciones $. 1.000. –
3.8 Alquileres $. 5.400. –
3.9 Otros Servicios no personales $. 1.500. –
3.9-1 Servicios de computación $. 800. –
TOTAL $. 16.200.-
4 – SUBSIDIOS Y BECAS $. 12.400. –
5 – EROGACIONES DE CAPITAL-BIENES DE CAPITAL
EQUIPAMIENTOS:
5.2 Otros equipamientos $. 2.100. –
5.3 Moblaje $. 2.900. –
5.4 Máquinas y equipos de oficina $. 800. –
5.5 Instalaciones Internas $ 300.-
5.6 Otras Inversiones $. 500.-
TOTAL $. 6.600.-
TOTAL GENERAL $. 130.300. –
ARTICULO 2°: A los efectos de lograr un adecuado manejo administrativo del H. Concejo Municipal, se establece que el envío de partidas que el Departamento Ejecutivo debe transferir para dar cumplimiento al presente Presupuesto, se dividirá de la siguiente manera: El Presupuesto total, menos la Dieta que corresponde a los Concejales, dividido por DOCE (12) se transferirá en DOS (2) cuotas, correspondiendo el 40% a la primera y el 60% a la segunda, los días 15 y 25 de cada mes respectivamente, o día hábil posterior, mediante cheque o depósito en cuenta N° 41087/5 del Banco de la Nación Argentina sucursal El Trébol.-
ARTICULO 3°: Cuatrimestralmente, y a solicitud del Departamento Ejecutivo, se podrá analizar la evolución de la transferencia de partidas dispuesta por el Artículo 2° de la presente Ordenanza, en función del ingreso efectivo de recursos a la Tesorería del Municipio, en concepto tributario y su relación e incidencia con lo presupuestado por este H. Concejo Municipal, a efectos de hacer los ajustes necesarios si correspondieran, mediante la sanción de la Ordenanza respectiva, sin modificar la metodología de transferencia de partidas establecida por el Artículo 2°. –
ARTICULO 4°: Oportunamente, insértese el Presupuesto determinado en el Artículo 1°, en el Presupuesto General de la Administración Municipal de El Trébol para el año 2000.-
ARTICULO 5°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve.-