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Establecer programa de relevamiento edificios clubes- convenio con Colegio Arquitectos


ORDENANZA Nº 1.569

VISTO:

La necesidad de realizar la normalización de las obras de infraestructura no declaradas de las entidades deportivas de primer grado en el Distrito El Trébol, mediante actuación profesional: y

CONSIDERANDO:

Que dicha normalización documental mediante un programa de relevamiento, registro y adecuación de los edificios preexistentes, permitirá incorporar nuevas mejoras en condiciones de prevención y seguridad necesarias al orden público;

Que, para este fin, se ha firmado un convenio entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe (Distrito 4 – Casilda) y la Municipalidad de El Trébol para llevar adelante este programa, el que se incorpora como ANEXO 1;

Que el mencionado convenio adhiere al celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y los Colegios de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe, de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe y el de Profesionales Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe, con fecha 12/06/2024;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos puestos de manifiesto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente   

 

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Establécese un Programa de relevamiento y registro de edificios de Entidades Deportivas de primer grado mediante actuación profesional en el Distrito El Trébol, el que se oficializará a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y tendrá vigencia hasta el 10 de Diciembre de 2027, de acuerdo a la Cláusula  Tercera del Convenio firmado entre el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe (Distrito 4 – Casilda) y la Municipalidad de El Trébol el 24/09/2024, cuya copia completa se agrega como ANEXO 1 y es parte de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Notifíquese fehacientemente a los clubes y asociaciones deportivas y sociales de la existencia del programa de relevamiento y registro de edificios e instalaciones de su propiedad, establecido en el Artículo 1º precedente, la vigencia y los plazos que rigen en el Convenio firmado con el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe (Distrito 4 – Casilda), con el fin que adhieran al mismo en los términos de la presente ordenanza.-

ARTÍCULO 3°: Aquellos clubes y asociaciones deportivas y sociales que se incorporen al programa deberán iniciar el legajo técnico correspondiente en el marco de la normativa vigente, mediante la intervención de un profesional matriculado y habilitado, siempre que se encuadren en lo establecido en la Cláusula Segunda del Convenio citado.-

ARTÍCULO 4º: Los legajos técnicos ingresados estarán exentos del pago de aranceles, multas, recargo e intereses que correspondiere a la regularización de edificios e instalaciones.-

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes junio del año dos mil veintiuno.-