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DISPONER INFORMACIÓN DE HORARIOS DE COLECTIVOS INTERURBANOS EN PAGINA WEB MUNICIPAL


ORDENANZA Nº 1.538

 

VISTO:

La necesidad de tener acceso a la información de horarios de colectivos interurbanos y larga distancia que llegan a nuestra ciudad; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Terminal de Ómnibus de El Trébol es el lugar donde confluye el transporte interurbano y larga distancia  y  es un punto de referencia para los viajeros que llegan y salen de la ciudad;

 

Que es importante facilitar a los usuarios del transporte público interurbano al acceso de información precisa y actualizada de los horarios de colectivos;

 

Que la tecnología y la informática son herramientas eficaces para la difusión de información, por lo cual sería de utilidad incorporar a la aplicación móvil y pagina web de la Municipalidad información de horarios de colectivos para los ciudadanos que viajan;

 

Que si bien  la información a proporcionar a los usuarios debe ser provista por las empresas de transporte, es necesario establecer que la información también sea brindada por el Municipio desde sus canales de difusión, debiendo requerir que las empresas de transporte informen al municipio  cuando surjan modificaciones;

 

Que los Sres. Concejales han analizado el proyecto por lo cual  expresan en forma unánime su conformidad;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

                                               

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Dispónese que la Municipalidad de El Trébol incorpore información de horarios de colectivos interurbanos y larga distancia que llegan a nuestra ciudad en la aplicación móvil y pagina web municipal, añadiendo una categoría “Horario de Colectivos-Terminal de Ómnibus” en el menú de navegación.

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal se encargará de que la información de los horarios se mantenga actualizada, para lo cual deberá llegar a un marco de acuerdo con las empresas de transporte de pasajeros.

ARTÍCULO 3º: Promuévase el uso de la aplicación móvil y de la página web municipal entre los usuarios del transporte interurbano, mediante campañas de difusión en medios de comunicación  y redes sociales.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable6 Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los treinta y un  días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-