VISTO:
Que de la ejecución del Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio, surgen partidas con créditos insuficiente para imputar erogaciones necesarias para el normal funcionamiento municipal hasta la finalización del año en curso; y
CONSIDERANDO:
Que la referida situación puede regularizarse mediante el método de compensación de saldos, procediendo a la reducción de los que exceden las reales necesidades del Municipio y volcándolos al refuerzo de los conceptos deficitarios;
Que teniendo en cuenta las reformas a introducir, las compensaciones pueden efectuarse entre Erogaciones Corrientes y Erogaciones de Capital, lo que permite mantener invariables los totales originariamente calculados;
Que la compensación de partidas es un método técnicamente correcto desde el punto de vista contable, posibilitando reformas internas sin alterar la cifra tope del Total General de Erogaciones oportunamente autorizadas;
Que los Sres. Concejales, analizando las partidas imputadas, consideran justificado acceder a lo solicitado;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Modifícase internamente el PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES vigente como a continuación se expresa:
CONCEPTOS | AMPLIACIONES | REDUCCIONES |
– Personal
. Departamento Ejecutivo 26.500.-
. Personal Permanente 46.000.-
. Asignaciones Familiares 2.000.-
– BIENES DE CONSUMO
01. Combustibles y Lubricantes 5.000.-
02. Repuestos y Accesorios 7.800.-
04. Artículos de Limpieza 1.500.-
05. Mat. Const. y Reparación 1.000.-
06. Vest.,Art.Tiend.y Elem.Seg. 1.500.-
12. Fletes y Comisiones 1.000.-
13. Comunicaciones y Franqueos 10.000.-
14. Honorarios y Ret. a Terceros 27.000.-
15. Publicidad y Propaganda 2.000.-
19. Comisión, Sellado y Gts. Banco 1.000.-
03. TRANSFERENCIAS
– Subsidios y Asist. Social 10.000.-
– Instit.Becario Municipal 4.100.-
– Fondo Municipal de Cultura 20.500.-
. Otros Gatos. Educ.y Cult. 18.000.-
. Viáticos y Mov.Carr. Univ. 2.500.-
05. INVERSION REAL
10. Alumbrado Público 2.000.-
13. Planta Asfáltica 22.000.-
14.2. Vialidad Rural 12.000.-
14.1. Vialidad Urbana 140.900.-
22. Viviendas Bco. Hipot.Nac. _______ 62.000.- ______________
TOTALES . . . . . . . . . . $ 202.900.- $ 202.900.-
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ARTICULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de Diciembre del año mil novecientos noventa y ocho.-