ORDENANZA Nº 1.421
VISTO:
La fracción de terreno urbano propiedad de la Municipalidad de El Trébol, identificada como Lote B del Plano de Mensura para Determinación de Estado Parcelario por Verificación de No Subsistencia N° 255465/2022 confeccionado por el Ing. Agr. Federico Piancatelli (ICOPA N° 1-0155-9), empadronada bajo PII N° 12-15-00-171954/0001-7, que consta de 451,96 m2 de superficie, y se ubica en la manzana II del plano de ampliación del Pueblo El Trébol, Zona 01 Perímetro A (Ord. N° 1257/2019 T. O. – Código de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de El Trébol); y
CONSIDERANDO:
Que dicha fracción de terreno, por sus características y ubicación, en lo inmediato no resulta de utilidad para obras municipales;
Que, sin embargo, es terreno valioso para emprendimientos privados de cualquier índole, siempre que se encuadre dentro de los usos/destinos de la zonificación que le corresponde según Ordenanza N° 1257/2019 (T. O.) (Código de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de El Trébol);
Que se han recabado cotizaciones de operadores inmobiliarios locales, definiendo el Precio Base como el más beneficioso para los intereses del Municipio y la comunidad;
Que procediéndose a la venta del inmueble referido, se podrá disponer de recursos para incorporar a la cuenta del Banco de Tierras (Art. N° 8 – Ord. N° 1241/2019);
Que se ha considerado conveniente resolver la venta por Licitación Pública, entendiendo que brinda las más amplias garantías de transparencia que requiere una operatoria de esta naturaleza;
Que también, como un recurso más, se conformará una Comisión Mixta de seguimiento y adjudicación para legitimar lo actuado en todo el proceso de la venta;
Que los Sres. Concejales han analizado debidamente el Proyecto de Ordenanza, expresando por unanimidad la conformidad al mismo;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Dispónese la venta por LICITACION PUBLICA del inmueble de propiedad municipal que se describe a continuación: Una fracción de terreno ubicada sobre calle Emilia Bertolé de esta ciudad de El Trébol, designada como Lote b en el plano N° 23516/1958; y que de acuerdo al Plano de Mensura para Determinación de Estado Parcelario N° 255465/2022, dicha fracción se identifica como Lote B, se sitúa a 64,70 metros de la esquina SO de la Manzana II hacia el Este, es de forma irregular, y mide 9,75 metros de frente al Sur, 48,94 metros de frente al Oeste, 43,78 metros de frente al Este, y unidos los vértices de éstos últimos forman el frente NE de 11,03 metros, encerrando una superficie de 451,96 m2 (cuatrocientos cincuenta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados, lindando al Sur con la calle Emilia Bertolé, al Oeste con el Lote “a” (Pl. N° 23516/1958) propiedad de MUYA Alfredo Oscar (PII N° 12-15-00-171954/0002), al Este con el Lote “5a” (Pl. N° 23515/1958) propiedad de BOVINA Gerardo N. y O. (PII N° 12-15-00-171953/0001), y al Norte con el Lote 9 (Pl. N° 187857/2017) propiedad de MUYA Oscar Rafael (PII N° 12-15-00-171947/0010). El mismo se encuentra empadronado a los efectos del impuesto inmobiliario bajo PII N° 12-15-00-171954/0001-7 (Val. Terreno: $ 1.360,03) – (Val. Edificio: $ 0,00).-
ARTÍCULO 2°: El precio base para la Licitación Pública será de $10.500.000,00 (pesos diez millones quinientos mil c/00 centavos) para el lote identificado en el Artículo 1° de la presente.-
ARTÍCULO 3°: El producido de la venta será integrado a la Cuenta N°2517222106 del Banco de la Nación Argentina y se destinará para Programa Banco de Tierras.-
ARTÍCULO 4º: Confórmase una Comisión Ad- Hoc integrada por dos (2) miembros del Honorable Concejo Municipal, recayendo tal función en la personas de los Concejales Sres. Mario Adrián Mansilla (DNI N° 20.143.417) y Marcelo Antonio Turletti, DNI N° 18.111.071, y dos (2) funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal, Sres. Ing. Francisco Bosio, DNI N° 38.599.041, Secretario de Obras Públicas y Privadas y Lic. Gustavo Martín De Lorenzi, DNI N° 32.801.020, Secretario de Hacienda y Finanzas Públicas, para intervenir en todo el proceso previo de venta y posterior adjudicación del lote descripto en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, estableciéndose un plazo máximo de 1 (un) año, contado a partir de la fecha de venta, para el cumplimiento efectivo de la escrituración traslativa de dominio y lo normado por la presente.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.-