ORDENANZA Nº 1.419
VISTO:
El ACUERDO Nº 012 firmado entre la Intendente de la Ciudad de El Trébol y el Director Provincial de Vivienda y Urbanismo del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 13/02/2023, para la gestión y ejecución de 10 (diez) viviendas en el marco del Subprograma de Ejecución de Viviendas Individuales en Lote Propio-Lote Propio de dicha repartición provincial; y
CONSIDERANDO:
Que todas las características de las viviendas a ejecutar, los trámites a realizar para ello y las exigencias para la construcción de las citadas viviendas fueron explicitadas acabadamente al momento de la firma del citado acuerdo;
Que una de esas exigencias es la firma del Contrato de Obra entre el Municipio y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo por cada vivienda, con la participación del grupo familiar adjudicatario en cada caso;
Que la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la necesidad habitacional en nuestra ciudad;
Que los Sres. Concejales, evaluando los beneficios que aportará este proyecto habitacional, en forma unánime expresan su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese a la Intendente de la Ciudad de El Trébol, Sra. Natalia Paola Sánchez, D.N.I. Nº 27.744.498, a suscribir un Contrato de Obra por cada una de las viviendas que se construyan bajo los términos del Acuerdo Nº 012 entre las autoridades de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y el Municipio.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.-