ORDENANZA Nº 1.418
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Ley, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe crea el Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Maquinarias, en Municipios de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de Emergencia Social, Ley N° 12.443 y;
Que nuestra ciudad se encuentra comprendida dentro de los alcances del fondo;
Que esta Municipalidad ha evaluado la posibilidad de adquirir 1 (un) Chasis camión y 1 (una) Barredora aspiradora;
Que la adquisición citada en el párrafo precedente se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo, por lo que se estima pertinente la solicitud de financiamiento de la misma con fondos correspondientes al período 2022 y al período 2023;
Que se considera oportuno solicitar los beneficios que concede la Ley N° 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que resulta conveniente para los intereses del Municipio la gestión de los fondos no reintegrables para tal adquisición, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la ley N° 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, el aporte de $ 9.156.486,79.- (Pesos nueve millones ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis c/79 ctvos.-) en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al período 2022 y el aporte de $ 15.503.341,48.- (Pesos quince millones quinientos tres mil trescientos cuarenta y uno c/48 ctvos.-) en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al período 2023, para destinar a financiar parcialmente la adquisición de 1 (un) Chasis camión y 1 (una) Barredora aspiradora.
ARTÍCULO 2º: Facúltese a la Intendente de la Municipalidad de El Trébol Sra. Natalia Paola Sánchez, DNI. Nº 27.744.498, a gestionar los fondos citados y convenir con el Superior Gobierno Provincial el financiamiento parcial para la adquisición que se menciona en el Artículo precedente y cuya concreción se aprueba en este acto, por un monto total de $ 24.659.828,26.- (Pesos veinticuatro millones seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos veintiocho c/26 ctvos.-).
ARTÍCULO 3º: Autorícese a la Sra. Intendente Municipal para que mediante la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, adecúe las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veintitrés.-