ORDENANZA Nº 1.402
VISTO:
La Ley Provincial Nº 14.176;
Teniendo en cuenta la Ley Provincial Nº 12.385y su Decretos Reglamentarios; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 14.176 autoriza en su artículo 1º a Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a afectar, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos que le correspondan en el ejercicio 2022 del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados creado por la Ley N° 12.385 y modificatorias, para ser aplicado a Gastos Corrientes.
Que la Municipalidad posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al Período 2022 de la Ley Nº 12.385, por no haber sido utilizados;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que resultará beneficioso para los intereses del Municipio la gestión de los fondos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Solicítese a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a la Municipalidad de la Ciudad de El Trébol, el importe de $ 9.156.486,00.- (Pesos nueve millones ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis c/00 ctvos.), suma que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley Nº 12.385 le corresponde a esta Administración Municipal por el período 2022, para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco del Artículo 1º de la Ley 14.176 y su reglamentación.-
ARTÍCULO 2º: Facúltese a la Intendente de la Municipalidad de El Trébol a gestionar los fondos citados en el artículo precedente ante el superior Gobierno Provincial.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.-